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N
nilid
29/11/2013 00:35

Obra comunitaria sin ofrecer información

¿Pueden obligarme a permitir obras en mi casa sin información detallada?

2.731 lecturas | 4 respuestas
Buenas noches,

Resulta que hace días recibí una notificación por parte del administrador de fincas (en papel de secretario también) y en la que informaba que se iban a realizar obras en la fachada de caracter urgente alegando la seguridad. .. la cuestión es que he pedido la documentación pertinente sobre la obra a ejecutar (licencias, presupuesto. ..) y me remite directamente al presidente para que le den autorización a facilitarme la información. ..y con el cual por asuntos personales pues no hay relación. .. Ante esto, les he comunicado que hasta que no se me facilite la información no voy a dejar que nadie entre en mi casa...
Y ahora me entero de que la comunidad va a denunciarme por no dejar que pasen... He de aclarar que les he remarcado que no me opongo a la ejecución de la obra pero que como propietario tengo derecho a saber que trabajo se va hacer, el coste, duración, etc.
Por mi parte, acabo de mandar un burofax al presiden exponiendo que me tienen que facilitar la información y que el secretario no está ejerciendo sus funciones. Asimismo voy a poner una queja en el colegio oficial de administradores...

Quisiera consultaros de como veis el tema y si tengo que dejar el paso, con una información bastante incompleta de lo que se va hacer...

Muchas gracias y saludos.
 
E
elbonsai
29/11/2013 22:15

 Veamos dejando claro la diferencia entre demanda  y denunica para posteriores alusiones a estos terminos. Denuncia es cuando se acude a la policía para proceda o bien a pasar lo que allí exponemos al juzgado o bien a personarse en el lugar de los hechos y pedir la documentación de esa obra o levantar atestado de los hechos que reflejamos. Demanda es cuando se acude directamente a juzgado . En ambos casos es el juez al que le toca dicha demanda el que decide si procede o hay base para admitir dicha demanda.

Dicho esto para presentar una demanda y que sea estimada en temas de comunidad los jueces piden como documentación las actas de la junta donde se haya tratado el tema yo en su defecto la circular donde se comunica a los vecinos las causas de la obra a acometer, los trabajos a realizar, el presupuesto de la misma, y alguna cosa mas que se me escapa en este momento. Por otro lado se entiende que no hay motivo para no tratar el tema en junta dado que la convocatoria a una junta extraordinaria lleva menos tiempo y se puede realizar  mucho antes de que se tengan todos los permisos, presupuestos, etc etc que requiere una obra que entiendo es de envergadura. Por otro lado decir que el administrador no no ordenaría una obra de gran envergadura sin permiso de la junta me resulta de broma aqui se han reflejado en mas de un tema los usos y abusos que estos profesionales hacen de las comunidades.  Por lo tanto entendiendo que solo usted debe decidir que hace con este tema, yo le puedo decir que la información es un bien muy preciado y al que los propietarios tienen derecho. Yo pienso que quien nada debe o esconde nada teme  por lo tanto informar de una obra necesaria y urgente cuando usted no se opone a pagar ¿¿ que justifica  no dar la información que usted pide???

 
N
nilid
29/11/2013 10:27

Muchas gracias por todas las respuestas, he procedido a mandar un mail al administrador de fincas indicando que se pongan en contacto conmigo para concertar una hora para que accedan a la vivienda puesto que por motivos laborales no estoy en casa... 

Ahora me surge la duda, de que si ellos para ponerme una denuncia:

-Se tiene que aprobar en Junta extraordinaria??

-Me tienen que preavisar de que se van a tomar medidas legales...??

-Y si con lo que acabo de hacer... y sin haber recibido ninguna notificación de acciones legales... pueden seguir adelante con sus intenciones de denunciarme...

No obstante, sigo sin comprender porque el secretario y el presidente no atiende mis solicitudes de la información de la obra cuando es su responsabilidad... En fin, supongo que cuando se celebre la junta me opondré a las formas y términos en los que se realiza la obra...

 
E
elbonsai
29/11/2013 09:22

Yo le apoyo en la postura que ha tomado. Si las obras son urgentes y necesarias hay que realizarlas, lo que no es justificante para que a usted que esta en su derecho de saber, se le niegue la información que pide. Por otro lado para denunciarle tendrán que acordarlo en junta ya que ni el presidente ni el secretario, ni el administrador pueden denunciar sin autorización de la misma. Yo creo que usted está realizando los pasos correctos al comunicar que no se opone a la reforma, pero que en su casa no entra ni DIOS,  sin saber que , como, cuando y con que fin  se realiza ese uno de servidumbre de su domicilio.  No se apure por la amenaza de que le van a denunciar, denunciar en la policía es fácil, lo que es mas dificil es que esa denuncia sea admitida por un juez para ello debe tener una base y unos requisitos que lo que nos plantea aquí no los tiene.

 
jesus.garcia.ramirez
jesus.garcia.ramirez
29/11/2013 00:57
Estimado Sr.

En primer lugar el administrador atendiendo al art, 20. C de la ley de Propiedad Horizontal, que dice textualmente " Atender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al presidente o, en su caso, a los propietarios."

Solo podrá ordenar una obra en caso de extrema necesidad, el resto tendrán que ser aprobadas en junta de propietarios, hable con el presidente y comentelé que las cosas hay que hablarlas, discutirlas y aprobarlas en junta. Es importante que se entere si su administrador es colegiado puesto que los administradores colegiados tenemos un seguro de RC que cubre cualquier daño que en el ejercicio de nuestras funciones realicemos.

Saludos

Jesús M. García Ramírez
Administrador de Fincas
C/ Alberto Aguilera, 35-Of. S5 28015 Madrid
Tf: 910259402 - Fax: 914356251
jesus.garcia@dosges.net
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