Buenas tardes.
Si en su bloque hay unos estatutos o división horizontal que dice expresamente que todos los barrotes de terrazas o ventanas deben de ir de un color determinado, vd. deberá ponerlo de dicho color. Deberá cumplir lo que dice el artículo 7.1 de la LPH: "El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquel cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente la comunidad...."
Debería en este caso comentarlo con el Presidente para que lo llevara a la Junta. Pero recuerde que los temas de estética del edificio requiere el 100% a favor de votos y coeficientes. Con que hubiere un propietario que dijera lo contrario no se podría realizar la obra.
Si se le denunciara por decidir hacerlo por su cuenta, recuerde que los juicios ordinarios requiere de abogado y procurador. Debería pagar la obra para que vuelva a su estado anterior, su abogado, su procurador y el abogado y procurador de la otra parte. No creo que le interese.
Saludos.
Miguel.