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B
Bolita8
26/01/2014 06:17

Bicicleta en el ascensor

¿Es legal prohibir el uso del ascensor para bicicletas en una comunidad de vecinos?

6.001 lecturas | 2 respuestas

Muy buenas! Escribo por aquí porque hace unos 3/4 meses tuve un problema en mi comunidad. Vivo de alquiler en un séptimo piso y tengo una bicicleta para ir al trabajo y a la facultad sin perder demasiado tiempo. La utilizaba regularmente, llegaba de la calle, metía la bicicleta en el ascensor cuidadosamente para no manchar con la rueda,  la subía a mi casa y cuando tenía que irme la volvía a bajar. Hasta aquí todo normal. Pero un día me crucé al presidente de la comunidad (q yo aún no lo conocía ya que llevaba viviendo apenas 2/3 meses) y me dijo que está terminantemente prohibido, según los estatutos, meter la bicicleta en el ascensor, que la dejase en el garage. Sin ganas de rebatir dije que ya buscaría un sitio en el mismo. El caso que no encontré ningún sitio en la cochera al que dejar mi bici con el pitón enganchado. El resultado es que llevo sin coger la bicicleta desde entonces. He intentando buscar información sobre los estatutos y demás, pero no estoy nada puesto en estos temas y me viene demasiado grande ya que no entiendo absolutamente nada de nada.

A donde quiero llegar es a saber si es lícito prohibirme montar bicicletas en el ascensor? Qué pretenden, q la suba los siete pisos a peso? Lo que yo estaba pensando es que, como soy joven y estudiante, no solemos ser bien recibidos en casi ninguna comunidad, y el presidente me dijo lo de los estatutos para q me callase.

 

Otro tema es que el mandito del garage vale 400€, dinero que obviamente no pienso pagar y menos tener la responsabilidad de perderlo por cualquier causa.

 

Espero haber descrito bien la situación, pero si tenéis alguna duda decidmelo sin más.

 

Un saludo y muchas gracias anticipadas por vuestra ayuda. A ver si sale una solución que tengo la bici ahí en la terraza muerta de risa mirándome todos los días.

 

Chao!!

 
ADASgestion
ADASgestion
26/01/2014 16:01

si eta en los estatutos, confirmelo con quien le alquilo e pieso, si es asi, no la prodra meter en el ascensor

puede que no este en ls estatutos y si en el raglamento de regimen interior de la comunidad

ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
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C
CFalconX2
26/01/2014 10:02

Hola

Mira, lo que pasa es que el mundo está lleno de envidiosos y de gente que no tiene nada que hacer que ir molestando a los demás, y lo digo por quien te dijo eso.

Yo hace tiempo fui un "drogadicto" de la bici, me hacía salidas de 200 km los fines de semana, lo cual me sirvió para perder como 30 kilos en cuestion de meses... Durante años estuve viciado con la bici hasta que una lesión en una rodilla, cosa tipica de ciclistas semi profesionales y de varias caidas, me obligó a colgar la bici. Hay que decir que después de eso he recuperado unos cuantos kilos, jeje.

Al grano...

Yo no soy profesional en temas jurídicos, pero en tu caso, estando de alquiler, hablaría con el propietario de tu piso, y le instaría a que te facilite una copia de los estatutos, exponiendole el problema que has tenido. El puede hacerlo en el registro de la propiedad.

Dudo mucho que lo de la bici y el ascensor esté especificado en los estatutos, suponiendo que existan.

Por ejemplo, el otro día por un tema de mi comunidad fui a buscar los estatutos de mi inmueble al registro de la propiedad y no existen, y la única referencia acerca de la ley que rige en la comunidad está en las escrituras del piso.

Por otro lado, si tu subes una bici con cuidado, no manchas las paredes del ascensor. Todo usuario habitual de bici sabe como manejar su bici de forma correcta. Evidentemente un dominguero que no se preocupa de si mancha o no, o un niño que no tiene fuerza, dejarán manchas de neumáticos en las paredes. Pero no es tu caso.

Por eso me parece que la forma de actuar de quien te dijo eso es porque no tiene otra cosa que hacer...

Además... que si tiene algún problema se dirija al propietario de tu piso, no a ti.

 

Un saludo

 

 

Fin del hilo
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