Resulta que la casa que vivo es adosada con otra. La recogida de aguas de los dos faldones ( el mio y el suyo) se hace a través de un canalón que se fija a mi tejado (el albedo) y discurre por el lateral de mi fachada.
http://sdrv.ms/LnjRpO
Este canalón está deteriorado y obstruido. Le he comentado a la vecina que el gasto de la reparación tiene que ser compartido ya que es un elemento común. Ella me ha comentado que le ha hecho una consulta al perito de su seguro y que el tema es mio. Y en la unión de los dos faldones de las respectivas casas se recoge a través de un común que recoge agua de los tejados. El tema es que se ha atascado y dice el perito de la compañía de seguro de la vecina que al pasar el canalón por nuestra fachada que es cosa nuestra.
Ya por sentido común entiendo que es un elemento compartido y necesario para los dos, y el que discurra por un lateral de fachada y no por el frontal suyo es por motivos estéticos del arquitecto ?
He mirado en algunos foros y hace referencia al código civil Articulo 356 y pone: << .....que llevará un derecho de copropiedad sobre elementos comunes……conducciones y canalizaciones para el desagüe…>>
La consulta es ¿ si estoy en lo cierto y la reparación se tendría que asumir entre los dos??
En caso de que se oponga, que medidas legales podría adoptar.