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Jose39Madrid
11/02/2014 07:42

Obras de mejora em mi comunidad no aprobadas en junta

¿Cómo evitar obras no aprobadas en junta y favores personales en mi comunidad?

1.954 lecturas | 2 respuestas

Mi comunidad es un pitorreo. Todo está fatal y no se hace el mas mínimo mantenimiento. Pero de vez en cuando hacen "favores" a quien pide cosas nuevas, dependiendo del amiguismo que tenga el que la pide con el presidente. Les he dicho que cualquier obra de mejora debe ser aprobada y debatida en junta (para evitar que sigan haciendo sus chapuzas y quede mal, o queden cables por fuera, y también para no derrochar el dinero en una comunidad maltrecha que no ocupánodse de lo más básico  no debe hacer obras de mejoras no aprobadas en junta). Al mismo tiempo que conceden estos favores sin pasar por junta, a otros vecinos nos ignoran cuando proponemos temas de inclusión en junta de interés general, pero que desvelarían la negligencia de la comunidad en su gestión (hablando en lenguaje vulgar quieren tapar la "mierda"  y la mala gestión cuando tratamos de destaparla.

 

Se pitorrean de mí, y dicen que van a hacer lo que quieran. ¿Que pasa si cuando ellos hagan un obra ni aprobada en junta yo restituyo a como estaba anteriormente? ¿Es decir, que si ponen un cable visible y mal puesto yo por ejemplo lo quito?. 

 

Como se puede abordar el tema? Quiero que se ocupen de lo básico que está mal y deteriorado y que se dejen de obras de mejoras y de favores personales que sólo benefician a algún vecino amigo, cuando desprecian y boicotean al resto. 

 

 

 

 
ADASgestion
ADASgestion
11/02/2014 23:04

si le pasan una derrama no acordada en junta, no tiene porque pagarla, que le justifiquen porque se la han sacado de la manga,

claro si es algo de mantenimiento y/o conservacion no tendra mas remedio que pagar pero segun se haya acordado en junta la forma de pagarlo y la derrama a practicar

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Adminfergal
Adminfergal
11/02/2014 10:59

Hola José como bien le ha dicho Pasacero, tendrán que atenerse a lo que dice el artículo 10.1 de la Ley de Propiedad Horizontal con respecto a las obras y a lo que dice el artículo 18 de la LPH con respecto a las impugnaciones. 

Lo normal es que cuando se hace una obra de cierta entidad en la comunidad la misma se ajuste a las mayorías según el artículo 17.7 de la LPH, antendiendo a que es la Junta de Propietarios según el artículo 14.c) de la LPH a quien le corresponde aprobar los presupuestos y la ejecución de todas las obras de reparación de la finca, sean ordinarias o extraordinarias.

Ahora bien, estamos en un momento de la realidad en la que nos toca vivir, en la que si queremos cambios y hacer de nuestra vida, una vida mejor en todos los aspectos (políticos, económicos, sociales, etc.), tenemos que implicarnos personalmente. Esto quiere decir que si quieren acabar con la corruptela existente en su comunidad y hacerla mas  transparente esperen a que llegue la Junta General Ordinaria y presentense voluntarios para la Junta Directiva aquello propietarios que quieran estar por dicho cambio.

Animo y ponganse en marcha aquellos que quieren cambiar a mejor esta sociedad (en este caso, su comunidad).

Un cordial saludo.

Miguel.

 

Miguel Fernández
Administrador de Fincas colegiado | Graduado Social
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