Buenos días.
El propietario que usa privativamente el patio común, debe adecuar su conducta al Acuerdo Comunitario.
El patio es un elemento común y aunque Vd. tenga el acceso exclusivo deberá mantener dicho elemento común en las mismas circunstancias en la que lo recibió.
La modificación de un elemento común, incluso el cambio en la estética del mismo requiere en este caso la unanimidad de los propietarios, por lo tanto no puede incorporar al patio común nada sin la aceptación del resto de los propietarios.
Un saludo.
Miguel.