Hola:
Soy presidente de una comunidad en Castrillón,Asturias:
Nos hace la limpieza del portal y de la escalera una empleada que trabaja para una "persona autónoma"(con personal a su cargo),(No es empresa),desde Febrero de 2009.
No hemos firmado ningún contrato.Abonamos los recibos por el banco.
Por descontento,queremos que deje de limpiar nuestra comunidad la empleada, así como no seguir con la "persona autónoma".
Hemos hablado con otra "persona autónoma"(con personal a su cargo), pero nos comunica que no le interesa por el problema de la subrogación.
Me han sugerido dos alternativas para solucionarlo:
1).Comunicar,con 1 mes de antelación,a la "persna autónoma" que no nos interesa su servicio de limpieza y:
a).Hacer la limpieza los vecinos de la comunidad,durante 6 meses(¿12?).
b).Contratar a una" persona autónoma de la limpieza(sin personal a su
cargo)(esa persona es la que limpia,varios portales).
NOTA:Diferencio "persona autónoma"( sin personal) de" persona autónoma "(con personal) y de Empresa de Limpieza, por lo del Convenio.
Agradezco que me aclaren si son posibles legalmente estas alternativas;y si en la alternativa a),son 6 ó 12 meses.
Si conocen alguna otra alternativa legal,ruego me lo comuniquen.
GRACIAS.SALUDOS.