Buenos días.
Necesito asesoramiento en este caso:
Soy el reciente presidente de una comunidad de propietarios de 10 vecinos .Al entrar en el cargo me encuentro con 2 contratos para el servicio de lectura de contadores con distintas empresas. El antiguo presidente , cambió unilateralmente de compañía por ser más barata ,cosa que no está bien hecha pero es lo que menos me importa.
El caso es que fué a la nueva empresa a pedir información,y allí le dieron un impreso para solicitar la baja en la anterior empresa.Le sellaron el papelito y en ese mismo día firmó con la nueva empresa.El resultado es que la antigua empresa no le dio de baja ya que presento la petición de baja fuera de los 45 días de antelación que aparece en el contrato.El antiguo presidente me asegura que no le avisaron de la situación,le firmaron y se marchó ,actuación que no me parece ética y demuestra una falta de profesionalidad y de un mal hacer importante cuando seguramente el representante de la empresa supiera en ese instante el estado del contrato.
Tambien detecto una falta de profesionalidad o peor en la nueva empresa ya que le redactaron el documento para que se lo sellaran y ese mismo día celebraron el nuevo contrato con una simple solicitud de baja que no es nada firme,a sabiendas por afinidad laboral ,que pudiera existir un contrato en vigor que lo impidiera.
Por esto mi pregunta es si esta falta de profesionalidad pudiera tener recorrido en caso de pleito