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ton67
23/02/2014 23:48

vivo en un edificio con oficinas de administración, me afecta legislación sobre energia?

¿Afecta la limitación de temperaturas del RITE a todo el edificio o solo a los pisos de oficinas del INSALUD?

1.427 lecturas | 4 respuestas


Vivo en un edificio construido en los años 70 donde las 2 primeras plantas se destinan a oficinas de la administración, primero fueron mutualidades y después pasaron a estar las oficinas del Insalud.
Recientemente he leído el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) que concretamente en
I.T. 3.8 LIMITACIÓN DE TEMPERATURAS.
I.T. 3.8.1 Ámbito de aplicación.
Por razones de ahorro energético se limitarán las condiciones de temperatura en el interior de los establecimientos habitables que estén acondicionados situados en los edificios y locales destinados a los siguientes usos:
Administrativo.
Comercial: tiendas, supermercados, grandes almacenes, centros comerciales y similares.
Pública concurrencia:
Culturales: teatros, cines, auditorios, centros de congresos, salas de exposiciones y similares.
Establecimientos de espectáculos públicos y actividades recreativas.
Restauración: bares, restaurantes y cafeterías.
Transporte de personas: estaciones y aeropuertos.
I.T. 3.8.2 Valores límite de las temperaturas del aire:
a- La temperatura del aire en los recintos calefactados no será superior a 21 ºC, cuando para ello se requiera consumo de energía convencional para la generación de calor por parte del sistema de calefacción.
Mi pregunta es si ¿afecta a todo el edificio donde vivo o solo afecta a los 2 pisos que usan como oficinas el INSALUD?
me parece totalmente coherente esta medida, ya que en esta comunidad donde vivo la gente no invierte ni un euro en colocar doble cristalera en sus viviendas. pero tiran de la calefacción como locos, ya que es una calefacción central, la mayoría de las veces es axfisiante el calor que hace, concretamente en este momento estoy mirando el termómetro que marca 26º, por tanto me parecería muy oportuno que se pudiese aplicar esta medida de ahorro energético en esta comunidad.

 
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ton67
25/02/2014 11:32

pues de nuevo muchisimas gracias...solamente por molestarse en contestarme ya me hace un gran favor.

 
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ton67
24/02/2014 22:18

 

Hola eivo, muchas gracias por su aporte, no tengo tan claro como usted que sea de esta manera, ya que si ha leido la ley..o al menos el extracto que he pegado ahí,....

 

Cita:

Por razones de ahorro energético se limitarán las condiciones de temperatura en el interior de los establecimientos habitables que estén acondicionados situados en los edificios y locales destinados a los siguientes usos:
Administrativo.


Editado por ton67 24/02/2014 22:19
 
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ton67
24/02/2014 22:14

Buenas noches y muchas gracias por las molestias Miguel, agradezco cualquier comentario constructivo que se haga. Conozco la ley que va a venir en 2017 pero hasta allí aún faltan 3 años, y ...

1ºmientras tanto se derrocha muchisimo gasoil en mi comunidad, por eso mi pregunta es clara, solo necesito saber si el resto de las viviendas del edificio tienen que plegarse a esa normativa que impide que se superen los 21º de temperatura como en los edificios oficiales o por el contrario no le afecta al resto de la comunidad, solo a los pisos que pertenecen a la administración.

2ºeste es un edificio construido en 1974 de calefacción centralizada y estructura de columnas con lo cual hace mas complicado y costoso la implantación que en un sistema de anillo.

3º pero todavía hay otro escollo más, y es que bastantes vecinos que tienen instalados radiadores ilegales, que están sin declarar, no van a querer abrir sus casas para que sean fiscalizados de ninguna manera. es más, me consta que algún vecino instalo radiadores en un trastero para habilitarlo como habitación en fechas puntuales por sus familiares o amigos. como puedo exigir que se pueda hacer un recuento de todos y cada uno de los radiadores?

 

 
Adminfergal
Adminfergal
24/02/2014 21:34

Estimado Ton67:

Como decía un colaborador en otra intervención, no hay que mirar para el pasado sino para el futuro.

En su comunidad al tener la calefacción centralizada antes del 01/01/2017 tendrán que tener realizada la instalación de repartidores de costes de calefacción en cada vivienda. Esto significará que aquel que gaste mas pagará mas. Se tendrá que mantener un coste fijo para cubrir los gastos de la instalación del sistema centralizado, pero aquel que gaste mas agua caliente para su calefacción tendrá que realizar un desembolso mayor.

Creo que su esfuerzo debe ir encaminado a conseguir que se vaya realizando la instalación de dichos repartidores.

Le indico un link de mi blog donde hay una explicación interesante por parte del Colegio de Administradores, sobre el tema de los repartidores de costes. Ya me dirá si la explicación contesta sus requerimientos a futuro.

http://www.adminfergal.es/html/esp/13843/calefaccion_repartidores_de_costes_de_calefaccion_y_contadores_de_energia.html

Un cordial saludo.

Miguel.

 

Miguel Fernández
Administrador de Fincas colegiado | Graduado Social
691564359 - Fijo y Fax. 915050900 | mfernandez@adminfergal.es | www.adminfergal.es
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 

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