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pamunji
01/03/2014 07:21

obras en la escalera

1.754 lecturas | 1 respuestas

mis vecinos quieren poner una silla elevadora en la escalera,¿ puedo negarme a pagar dicha obra?

 
ADASgestion
ADASgestion
01/03/2014 09:13

 la LPH art 10 b, dice

Las obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal y, en todo caso, las requeridas a instancia de los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios, personas con discapacidad, o mayores de setenta años, con el objeto de asegurarles un uso adecuado a sus necesidades de los elementos comunes, así como la instalación de rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan la orientación o su comunicación con el exterior, siempre que el importe repercutido anualmente de las mismas, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. No eliminará el carácter obligatorio de estas obras el hecho de que el resto de su coste, más allá de las citadas mensualidades, sea asumido por quienes las hayan requerido.

ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
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