Buenos días.
En un acuerdo comunitario se acordó un presupuesto para unas obras. Entre cuatro, se eligió un término medio.
Transcurrido varios años (cinco) se decide comenzar las obras. Como es natural el presupuesto está desfasado y la empresa no existe. Se retoma todo y se encargan nuevos presupuestos, la junta elige por mayoría otro, que lógicamente nada tiene que ver con el anterior. Hay variaciones en la ejecución y el precio.
La cuestión está en el primer acuerdo. Por razones que no vienen al caso, con un propietario se acordó por unanimidad de toda la comunidad y para este trabajo en concreto, asumir él, un porcentaje mayor al que le corresponde.
La obra está ejecutada y el comunero pretende aplicar lo acordado en base al primitivo presupuesto.
El caso que en acta figura el acuerdo con el porcentaje X% y añade que cualquier variación será asumida por el mismo porcentaje. X%
¿Qué opináis?