Hola Dievo:
Para emitir una opinión con respecto a este tema necesitaríamos saber como se establece en el título constitutivo del edificio la servidumbre al otro garaje del otro edificio que parece ser es donde radica el problema, porque los que tienen el problema de no pagar y están debajo de vuestro edificio se supone que las plazas compradas están a nombre de los particulares correspondientes y por lo tanto será la comunidad del garaje quien decida si se inicia un procedimiento monitorio o no.
Con respecto a las plazas del otro edificio se tendrá que ver lo que dice el título constitutivo, la servidumbre que hay para acceder a través de vuestro garaje y los condicionantes que se pusieron en ese momento. El título debería marcar la respuesta. Si no hay nada en el título que me extraña mucho, habrá que mirar si el edificio anexo tiene en el registro de la propiedad reflejado en su título las tres plazas de garaje y que se refleja en el mismo. Se supone que cuando se hizo el proyecto de ejecución final de las viviendas con el garaje-aparcamiento y se dió por parte del ayuntamiento la licencia de obras, quedaría reflejado las características de las obras y los usos finales de la misma.
Una vez que se conozca como se distribuyeron en el título y en la licencia las plazas de garaje y las posibles servidumbres se podría emitir un juicio u opinión sobre las medidas a tomar.
Imagínense que las tres plazas de garaje anexas al edificio de vd. no existieran legalmente (caso poco probable). Pues podríamos llegar a la conclusión que se cerrara el acceso a las plazas anexas porque no están legalizadas.
Por favor mire si es tan amable lo que dice los documentos públicos al respecto. A mi personalmente no me queda claro.
Un cordial saludo.
Miguel.