Hola mvl 35:
Con relación a este tema le envío un link de mi página web donde hay un artículo cedido por mavelca fincas sobre este punto.
http://www.adminfergal.es/html/esp/15293/puede_aparcar_a_la_vez_el_coche_y_la_moto_en_mi_plaza_de_garaje.html
También le hago llegar una circular del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid donde se hace una consulta al Ayuntamiento de Madrid con relación al aparcamiento de dos vehículos en una misma plaza de garaje:
http://www.adminfergal.es/files/0203.1386791434.MXOB4307MQAB4714PITZ7433JMUF4957.pdf
Mi opinión personal es que una vez se ha conseguido la licencia de funcionamiento del garaje y el estacionamiento de un coche y una moto no sobrepasa las líneas de la propia plaza , se pueden tener dos vehículos aparcados. Que se tengan dos vehículos aparcados no significa que la Comunidad, cuando hace el seguro de Comunidad de Garaje, hace un seguro a la carta, sino que se limita a hacer un seguro para los vehículos que ocupan las plazas legalizadas. Si Vd. por decisión propia y sin el acuerdo en Junta, ha decidido meter dos vehículos en su plaza, es su responsabilidad y por lo tanto deberá hacerse cargo de cualquier problema que exista en su segundo vehículo. En este caso la moto.
También le puedo decir que las consultas realizadas a empresas de seguros sobre este punto están en la línea que le he comentado.
Un cordial saludo.
Miguel.