Buenos días,
De junta celebrada, nos han remitido el acta con cuyo contenido he manifestado mi desacuerdo por haber incluido en la misma hechos ocurridos posteriormente a la misma.
se ha hecho caso omiso a lo manifestado por mi.
dentro de una semana tenemos nueva junta de la comunidad, he pedido al administrador que se incluyera dentro den orden del día el contenido del acta anterior, manifestandome que no había problema en incluir ese punto .
Cual ha sido mi sorpresa, que recibida la convocatoria no figura ese punto como orden del día.
Mis preguntas:
el primer punto en toda junta no debe ser la aprobación del acta anterior?
Se debe incluir expresamente cómo punto del orden del día?
Me podéis facilitar la base legal donde se recoge esto?
Muchas gracias