Por una parte, puede obtener una copia de dicha escritura en el Registro de la Propiedad en la que esté inscrito su edificio.
Otra forma es averiguar el protocolo del notario que la autorizó en su día (Se puede averiguar en la escritura de algún vecino que compró el piso de obra nueva o por medio de una nota simple) y él te dará una copia autorizada.
En cuanto a los locales para el aparcamiento (entendemos que son los garajes) tiene usted que comprobar si forman o no una comunidad diferente. Lo sabrá cuando consiga la mencionada escritura en el Registro.
Nota: Los comentarios aquí expuestos se basan en nuestra experiencia y opinión, pueden añadirse, complementarse e incluso rectificarse con otros puntos de vista, doctrinas o jurisprudencia.
Un cordial saludo.