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Susana2015
11/03/2015 22:45

Puerta cortafuegos

¿Se puede abrir la puerta cortafuegos para ventilar en un edificio?

2.810 lecturas | 2 respuestas

Hola, buenas noches,

Quería hacerles una consulta sobre las puertas cortafuegos. Soy propietaria de un piso en la provincia de Barcelona, construido en el año 2000. Cada rellano tiene una puerta cortafuegos que da acceso a la escalera. Si los ascensores no funcionan, hay que utilizar la escalera forzosamente. La pregunta es: ¿ esa puerta siempre hay que tenerla cerrada, como seguridad pasiva del edificio que es, o se puede abrir a ratos para ventilar y airear el rellano, pues los ascensores van a parar al parquin y suben por el hueco los gases de los tubos de escape? Les agradecería también que me indicaran la normativa existente sobre este tema.

Muchas gracias de antemano,

Susana Guirado

 
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Susana2015
24/03/2015 21:03

Buenas noches,

En relación a  mi consulta sobre la puerta cortafuegos, hay una cosa que me gustaría que me aclararan, por favor:

El rellano tiene dos ascensores que bajan hasta el parking de la misma comunidad. Por el hueco de ambos sube el CO2 de los coches, que respiramos, de tal manera que si mantenemos cerrada la puerta cortafuego el ambiente se nota muy cargado. Además, se filtra por debajo de la puerta de la calle y respiramos esto mismo en el recibidor de cada vivienda.

La situación, además, es complicada porque somos tres vecinos en el rellano: de los tres, uno no dice nada, y el otro quiere cerrarla siempre ( ni siquiera tenerla entreabierta)  porque dice, taxativamente y  de manera autoritaria, que es una puerta cortafuego y hay que tenerla cerrada siempre herméticamente.

Yo considero que hay que abrir un rato cada día para que entre un poco de oxígeno, por cuestión de salud. Así que le pregunto si la puerta puede estar entreabierta ( unos 10 cm de luz) o, en su caso, abierta, por eso, por la salud, por lo menos unas horas cada día.

Muchas gracias,

Susana Guirado

 
ADASgestion
ADASgestion
12/03/2015 20:54

Explicándolo de una forma fácil. le diré que si la puerta no tiene un mecanismo para que se cierre automáticamente cuando se produzca un incendio, la puerta deberá estar cerrada, ya que  la escalera esta calculada como un secor de incendios

La normativa es CTE DB SI

http://www.codigotecnico.org/web/galerias/archivos/DBSI_19feb2010_comentarios_16dic2011.pdf

ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
Tfo: 639308215 | adasgestion@gmail.com
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