Volver al foro
A
aquiles57
17/03/2015 13:24

Obras en tejado casa

¿Necesito autorización de la comunidad para hacer una terraza en el tejado de mi casa?

3.508 lecturas | 4 respuestas

Estimados Sres, me gustaría que me resolvieran una duda que tengo respecto a la realización de unas obras en el tejado de mi casa, y que paso a detallarles.

     La comunidad de propuetarios a la que pertenezco consta de un edificio de 4 plantas con 8 vecinos, un aparcamiento conjunto adosado y al otro lado del aparcamiento una casa aislada, independiente,  de una sola planta, que es la mía, y a la cual se accede por el aparcamiento común.  Pues bien, quiero, en el tejado de mi casa, hacer una terraza, bueno, simplemente rodear el tejado de una balaustrada y una escalera  de acceso que estaría fija en el tejado y solo se bajaría para acceder a la terraza (de quita y pon). El tejado de mi casa es liso, no de tejas, y bastante horizontal, por eso con solo rodearlo de una balaustrada ya podría quedar convertido en terraza. Mi casa no linda con ninguna del bloque de 4 plantas, es independiente, pero, por el motivo que sea pertenece a la comunidad. Mi pregunta es si necesito autorización de la comunidad para realizar la obra y, caso de necesitarla, qué cuota de autorización sería necesaria. La administradora me dice que necesito unanimidad, porque el tejado de mi casa es zona común porque pertenece a la comunidad. Este asunto lo llevé a la última junta de propietarios y me lo denegaron porque dos vecinos no estaban de acuerdo. No entiendo que para poner una balaustrada en mi tejado me tengan que autorizar los otros vecinos cuyas viviendas están a 25 m. de la mía. Muchas gracias por su respuesta. Un saludo.

P.D.: ni en la división horizontal, ni en los estatutos de la comunidad, ni en las escrituras de mi casa se hace constar nada claro sobre si es elemento común el tejado de mi casa.

     

 
A
aquiles57
22/03/2015 12:38

Gracias por las respuestas, pero ¿y si exonero  a la comunidad de toda responsabilidad sobre el tejado de mi casa una vez hecha la terraza? Perdón, pero es que me parece tan absurdo que personas que están a 25 m de mi casa puedan decidir lo que hago o pueda hacer en mi tejado....que no me puedo creer que no haya una fórmula para solucionar estos problemas. En fin, una vez mas gracias por sus respuestas.

 
A
aquiles57
20/03/2015 21:06

Aunque parezca tonto, les confieso que sigo sin enterarme. Si mi casa se cae, al bloque no le pasa absolutamente nada, porque esta a 25m. y no comparte ni cimientos ni tejado ni vuelo ni nada de nada. Entre el bloque y mi casa esta el aparcamiento descubierto de la comunidad. Si es como ustedes dicen será legal, pero de lógica no tiene nada. Así que siento, en mi ignorancia, no entenderles. O será como decía nuestro querido don Miguel de Cervantes, que ahora esta de moda, "La razón de la sin razón que a mi razón se hace, de tal manera que mi razón enflaquece". Así que enflaquecido me he (quedado). Un saludo y gracias por la respuesta.

 
A
aquiles57
19/03/2015 17:56

Con todos mis respetos, no entiendo la respuesta. Yo creo que el tejado de mi casa no puede ser considerado zona común, pues nadie puede tener acceso a él ni disfrutarlo como espacio común. Además he encontrado esto que creo apoya mi versión:

   El artículo 396 C.C. dice "los diferentes pisos o locales de un edificio o las partes de ello susceptibles de aprovechamiento independiente por tener salida propia a un elemento común de aquél o a la vía pública podrán ser objeto de propiedad separada".

El artículo 3 de la L.P.H. dice que en el régimen de propiedad establecido en el artículo 396 C.C. corresponde al dueño de cada piso o local "el derecho singular y exclusivo de propiedad sobre un espacio suficientemente delimitado y susceptible de aprovechamiento independiente, con los elementos arquitectónicos e instalaciones de todas clases, aparentes o no, que estén comprendidos dentro de sus límites y sirvan exclusivamente al propietario".

   ¿No creen que, teniendo en cuenta esto, el tejado de mi casa puede ser considerado un elemento privativo y, como tal, susceptible de hacerle la terraza sin solicitar permiso a la comunidad? 

 
Q
qyv
17/03/2015 18:28
Una alternativa es ofrecer a la comunidad que si autorizan su pretensión usted se hace cargo a partir de entonces del mantenimiento de la cubierta incluyendo futuras reparaciones, impermeabilización,etc.
Puede que así desaparezcan esas reticencias que pueden provenir de suponer que el uso que haga de la cubierta acelere su deterioro y suponga un perjuicio económico para ellos.
Deberá valorar si disfrutará lo suficiente de la misma para asumir ese cargo.
 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento