El edificio en que está mi local comercial, constituyo en su día la comunidad de vecinos de los pisos. Los locales segun la escritura de división horizontal, estamos exentos ya que al no tener acceso directo al portal de entrada, ni al hueco de la escaleras y ascensor no participará en los gastos de conservación, limpieza y utilización de estos elementos..
La comunidad de vecinos nos quisó hacer firmar un compromiso de pago de la derrama a la cual los locales nos hemos negado ya que hasta la fecha no se ha acometido ninguna reforma y no estamos de acuerdo en ciertos puntos.
La caseta del ascensor que está en la azotea del edificio tiene grietas en el tejadillo ya que es de soleria y la comunidad quiere que los locales pagemos dichos gastos a razón de nuestro coeficiente de participación.
Nuestra pregunta es la siguiente:
Si es cubierta del ascensor ¿los locales tenemos que pagar dicha reparación?
La obra consistiria en poner tela asfaltica y soleria en lo que es el tejado de la caseta del ascensor y arreglar las grietas que hay en el techo del tejado de dicha caseta.
Como los locales nos hemos negado a ir entregando dinero por esta derrama nos mandan carta de abogado que tenemos que pagarla.
A mi parecer si los propietarios de los pisos no tienen dinero para afrontar dicha obra esta bien que ellos pongan derrama pero lo que no veo correcto que los locales les tengamos que ir entregando dinero para una obra que no esta hecha.
Si por ley nos toca pagar, pues cuando este la obra terminada y nos presenten la factura pagaremos nuestra parte.
A ver si alguien me puede decir si dicha cubierta del ascensor es privativa de los pisos o si la ley la considera como tejado de la comunidad.
Gracias
Editado por piescor 24/03/2015 19:02
Editado por piescor 24/03/2015 20:04