Buenos días, esto suele pasar en las veces que el cargo de presidente recae involuntariamente sobre una propiedad de la que los dueños, se desentienden completamente de los problemas de la comunidad.
Se entiende que no tiene Adminsitrador.
Deberían de indicarle a su presidente las Responsabilidades Civiles que tiene al asumir el cargo:
El Presidente de una comunidad de propietarios puede incurrir en diferentes responsabilidades atendiendo a distintos criterios:
Como representante legal de la comunidad o a título personal.
Contractual (la mayoría de las sentencias firmes vienen motivadas por extralimitarse en la ejecución de acuerdos) o extracontractual (cuando el daño o perjuicio no tiene su origen en una relación contractual sino en el incumplimiento de la ley).
Frente a copropietarios o frente a terceros.
Civil y/o penal.
Por las decisiones adoptadas u omisiones en el desempeño de su cargo o por accidentes ocurridos en la finca.