Buenos días:
Me gustaría que alguién me pudiese echar una mano con respecto a este tema. Resulta que debido a un acto vandálico se ha provocado un incendio en el parking de la CC.PP y ha provocado numerosos daños,entre ellos se encuentra un parking cerrado de un comunero que utilizaba dicho parking para guardar el coche y numerosos enseres de su vivienda ( parece más un despacho que otra cosa). Mi cuestión al respecto es: ¿el seguro de la comunidad puede negarse a pagar los daños? Entiendo que el uso del parking aunque esté cerrado no debe ser ese. ¿Esto puede venir regulado en los estatutos del edificio?
Muchísimas gracias de antemano.