Hola, la verdad es que las opciones que plantea no se que base tienen. Si la comunidad pretende hacer un cierre, debe incluirlo en el orden del dia de la junta. Si es una obra necesaria depnedera de los beneficios que dicho cierre reporte a la comunidad, y podra aprobarse si como dice los estatutos, la normativa de su ayuntamiento o las mayrias precisas para aprobar el acuerdo lo permiten. Si es mejora no requerida necesita de los mismo requisitos que la obra necesaria para poder aprobarse.
Un saludo