Buenos días,
Me gustaría saber si alguien me puede ayudar con el siguiente problema:
Pertenezco a una comunidad de vecinos/propietarios que consta de 8 viviendas y un bajo comercial, este bajo pertenece al promotor del edificio y no paga ningún gasto de la comunidad.
Si voy a la Ley de División Horizontal me dice que los locales y viviendas tienen que contribuir a los gastos de la comunidad aunque no hagan uso de esos servicios.
El presidente me comenta que en su día (hace años), el dueño del local (recordemos que es el promotor) le dijo que el estaba exento de pagar nada de la comunidad y que si algún día pasase algo en la fachada por ejemplo, el pagaría de su bolsillo el 30% de la factura.
Ahora me han hecho Administrador a mi y estoy viendo cosas que no me cuadran, por un lado, según la escritura de mi piso, yo tengo una participación en gastos del 9%, pero estoy pagando un 15%, las demás viviendas, a falta de ver la división horizontal del edificio, creo que están en una situación similar.
Intuyo que el motivo de estar pagando más, es porque falta el % que le correspondería al local comercial y no está pagando (ni siquiera el seguro del edificio, del cual si se beneficia). Lo mismo pasa con la comunidad del garaje, estamos pagando todos el seguro del garaje, pero este señor dice que sus 7-8 plazas no se incluyan en el seguro, que el se hace cargo.
Según me comenta el presidente, en la división horizontal del edificio viene reflejado que el bajo comercial está exento de gastos de comunidad y aquí es donde me pierdo yo.
¿Es legal esto?
¿Podemos obligarle al promotor/dueño de ese local que se haga cargo de su cuota de participación?
La exclusión en la división horizontal la puso el mismo cuando se construyó el edificio (año 97 aprox.) y no se si la nueva Ley de División Horizontal anula de alguna forma eso.
Gracias y perdón por la extensión.