El administrador de fincas no puede adjudicar contratos sin el beneplácito de la junta. Si lo hace, está extralimitándose en sus funciones. Su función es únicamente como gestor, por lo que deberá ser la junta la que decida con qué empresa se contrata el servicio. Tal vez no haya por parte de los propietarios mucho interés en buscar presupuestos de diferentes empresas y de eso se aproveche el administrador para adjudicarlo a quien a él más le interese. Lo lógico es que para cada actuación se presenten varios presupuestos y sea la junta la que decida a qué empresa se adjudica, pero como le indico, para eso debe haber interés por parte de los propietarios, si no quieren dedicar algo de su tiempo a ese menester, el administrador seguirá haciendo de las suyas.