Hola a todos:
Vivo en una mancomunidad de 200 vecinos repartidos en 10 portales de 20 vecinos cada uno. En la mancomunidad hay mucho espacio en los soportales y no hay nada en ellos.
Hace unos años se aprobo en una junta la autorizacion a hacer cuartos de bicicletas por portales usando la zona comun de los soportales, y que cada portal se encargara del pago de la construccion de su cuarto de bicis.
En nuestro portal estamos empezando a mover el tema, y de los 20 vecinos 8 estamos de acuerdo en hacerlo, y los otros 12 dicen que si lo pagamos entre los 8 que a ellos les da igual que lo hagamos.
Hemos consultado a la gestoria y ella lo unico que nos pide es hacer una junta del portal en el que se apruebe el emplazamiento y un proyecto del cuarto que se quiera hacer.
Ahora nos surge la duda de que pasaría si en un futuro alguien de los que ahora no quiere el cuarto lo quisiera, previo pado de la parte proporcional.
¿Sería obligatorio cederle el sitio previo pago de su parte proporcional?
¿Podriamos poner algua especie de normativa interna para la nueva persona interesada solo pudiera usarlo si alguien le vende su parte?
Otra pregunta que nos ha surgido es si estuvieramos de acuerdo entre los 8 que tenemos el cuarto de bicis, ¿podriamos delimitar el espacio dentro del cuarto para hacer trasteros?