Muchas gracias por contestar e intentar ayudarme. Y perdón por no explicarme mejor, intentaré aportar más datos.
Efectivamente el acuerdo se alcanzó en “Ruegos y Preguntas”. Así consta en el acta.
Además de los puntos del día, en el apartado “Ruegos y Preguntas” se explica que hemos recibido una demanda, que la primera vez nos declararon en rebeldía (no se especifica nada más) y que como consecuencia de la demanda, se elige a la abogada X, cuyos honorarios son X nos va a defender.
El tema está en que no aparecía en los puntos del día. Así que los vecinos que no acudieron, no se enteraron.
Y lo dijeron “tan rápido, por encima” que un vecino de junta envió un burofax a la administración pidiendo información del expediente, pero no respondieron.
(además se nos había pasado el plazo para no terminar en juicio, al menos en el acta se comunica que al tener una demanda, tenemos que ir a juicio. No se explica nada bien y cuando se les pidió explicaciones, burofax, tampoco las dieron.
Así que si el acuerdo es válido en “ruegos y preguntas” entendemos que la Administración de Fincas nos ha metido un gol. Porque solo ha resultado beneficiada ella en todo el asunto, se ha “librado” de todo, ya que nos ha colocado una abogada que ahora no ve nada raro.
El juzgado comunicó a la Administración en Enero la demanda, pero hasta el mes de Junio (en la junta anual) y en “ruegos y preguntas” no dijeron nada. Así que nos declararon en rebeldía.
Pero como ellos, administración, antes de la junta ya tenían conocimiento de que habían dejado pasar, sin responder ni comunicarnoslo a los vecinos, el primer plazo y que nos habían declarado en rebeldía, ya tenía preparada la abogada y así lo comunicó. Pero en vez de hacerlo en el orden del día, hubieran visto todos los vecinos que nos habían demandado, dejó pasar la junta y al final, en ruegos y preguntas, lo contó “brevemente” y quedó en hablar con la Presidenta en otro momento.
Pero es que nos resulta muy extraño que en el mes de Enero nos declaren en rebeldía, que la administración de fincas no diga absolutamente nada hasta la junta de Junio, que no lo incluya en el orden del día, y que durante la junta (momento en el que nosotros nos estamos enterando de todo) ya tenga preparado el nombre de la abogada, que estaba “preparado” por la administración. Cuando nosotros ni supimos del asunto, ya era tarde y no pudimos hacer nada.
Es por lo que pregunto si es legal o no.
Que es feo, a mi juicio, mucho. Pero quiero saber si es legal esta forma de hacer las cosas.
Muchas gracias otra vez,
Buenas noches