Hola. Como bien dice los patios están para usarlos, siempre y cuando tenga el uso y disfrute de ellos según acuerdo de junta, estatutos o titulo costitutivo. Lo que también es cierto es que el derecho de uso, caso de tenerlo, no le da derecho de colocar en el ni calentaoderes, sombrillas, techos o cualquier otro elemento permanente si permiso expreso de la junta. En el caso que nos ocupa, dice que está colocado hace años, lo que supone un consentimiento tacito por parte de la comunidad, lo que significa que si al vecino no le gusta tendrá que aguantarse , pues lo lleva consisntiendo tanto tiempo como lleva puesto. Eso si, si piensa cambiarlo o hacer alguna otra instalacion, le aconsejo lo someta a criterio de la junta pues en ese caso, sino lo hace el vecino o los vecinos podrán impedirlo.
Un saludo