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Q
Qurro
31/07/2016 19:51

CESION GRATUITA DE ELEMENTOS COMUNES A AYUNTAMIENTO

¿Cuáles son las irregularidades en la gestión de las calles de la comunidad de propietarios?

8.505 lecturas | 9 respuestas

En nuestra comunidad existen dos calles, propiedad de la comunidad (elementos comunes), dentro del recinto de la urbanización. Desde el año 2006 entra en vigor un PGOU que deroga las NN.SS, y califica estas dos calles como sistema viario de dominio y uso público.

De todo ésto tiene conocimiento nuestra comunidad en una reunión que se celebra en 2014 por unas gestiones que un propietario realiza con el Ayuntamiento, pues en una de esas calles existe una averia en la acometida de agua potable y hay que pleitear con la Empresa Publica de Aguas, pues ésta dice que la calle es privada y las obras serán por cuenta de la Comunidad. A la vista de ésto en esta reunión se acuerda y faculta a la Junta Directiva para que aclare la situación y pleitee con el Ayuntamiento o con la Empresa de Aguas para solucionar ésto. Ésta es la primera irregularidad. Se toma un acuerdo en una reunión de propietarios de un asunto que no está en el orden del día.

Con posterioridad a ésta reunión ordinaria se convoca otra extraordinaria en Julio de 2014 en la que el único punto del orden del día es “Informe del estado de las calles interiores”. En la reunión solo se informa de los aspectos que se han tratado con el Ayuntamiento sobre la reparación de la averia. No se toma ningún acuerdo y se cierra la reunión. 

En Julio de 2015 se celebra otra reunión y el orden del día no incluye ningún punto a tratar sobre el asunto de las calles.

Aunque no está en el orden del día, el Presidente informa de que la Empresa de Aguas y el Ayuntamiento han llegado a un acuerdo para arreglar el problema de la averia del agua y que no habrá ningún coste para la Comunidad. Sobre éste asunto no se trata nada más en ésa reunión de 2015.

En Junta Ordinaria que se ha celebrado el 24.07.2016 se ha incluido en el orden del día el siguiente punto a tratar:

“3º Acuerdo de cesión gratuita de las porciones de terreno de las calles Alisio y Terral para su cesión gratuita al Ayuntamiento de …. “

Pues bien, en ésta reunión, y para tratar este tercer punto, se da lectura a una Notificación del Ayuntamiento, que recibió el Presidente de la Comunidad el 29 de Julio de 2015, sobre un acuerdo de la Junta de Gobierno Local por el que se acepta la cesión gratuita de la Comunidad de Propietarios de dichas calles, en base a un escrito presentado por el Presidente de la Comunidad con fecha 01.10.2014 por el que se solicita la aceptación por el Ayuntamiento de la cesión gratuita de esas dos calles que atraviesan la Urbanización. 

En esta misma Notificación el Ayuntamiento solicita a la Comunidad que con carácter previo a la aceptación de la cesión, es necesario por un lado, que por parte de la Comunidad de Propietarios se adopte acuerdo de cesión gratuita, conforme a los estatutos y al ordenamiento jurídoco aplicable. Y por otro, desde el punto de vista registral, se segregue de su superficie las porciones de terrenos de las Calles para su cesión gratuita al Ayuntamiento. 

Ante tal información recibida por los propietarios en esta reunión, pues es la primera noticia que se tiene de toda esta actuación solitaria del Presidente de la Comunidad, y nuestro asombro, se decide no tomar ningún acuerdo al respecto, pues para ello, entendemos, se necesita Unanimidad, pues se estarian modificando la escritura de constitución, elementos comunes y cuotas de participación de los propietarios. Se pospone la decisión por la negativa de varios de los asistentes y a la espera de solicitar informe a un abogado.

Del mismo modo se solicita a la Junta Directiva se aporte copia del escrito del 1.10.2014 que el Presidente envia al Ayuntamiento donde cede gratuitamente estas calles, según dice la Notificación recibida. Éste escrito no se aporta en la reunión. Posteriormente se pide a los componentes de la Junta y dicen que no aparece y que no tienen copia. 

Ante todo ésto, entiendo, existen varias infacciones. Tomar acuerdos en Junta fuera del orden del día, y sobre todo la actuación del Presidente de la Comunidad, que por su cuenta y riesgo envia un escrito al Ayuntamiento cediendo, en nombre de la Comunidad unos terrenos propiedad de ésta, que aunque son de uso y dominio público, se necesita acuerdo unanime al respecto y modificaciones registrales. 

Por lo que agradeceria que algún experto me asesorara en este asunto. Como deberia actuar la Comunidad y que pasos legales deberiamos seguir.

Gracias anticipadas. 

 

 

 

 

 

 

 

 
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Qurro
13/08/2016 09:54
Si, hay una nueva Junta Directiva con nuevo Presidente.
En la última junta celebrada el 24.07.2016, se acordó sobre este tema, informarnos y asesorarnos con un abogado.
Lo que me comenta de recuperar la titularidad de mas calles, se refiere a lo del uso publico que recoge el actual PGOU? o a la titularidad registral?. Porque el título registral lo tiene la Comunidad. De hecho, el ayuntamiento nos solicita, para seguir con los tramites de la cesión gratuita, aparte del acuerdo de la Comunidad, "la segregación registral de los terrenos".
Lo que si tenemos que hacer es comprobar el IBI de las viviendas respecto a zonas comunes.

Muchísimas gracias de nuevo.
 
ADASgestion
ADASgestion
13/08/2016 09:25
Dice que hay una nueva junta,directiva . Con nuevo presidente?
Deberán celebrar una junta extraordinaria para votar si quieren dejar el tema como esta o si inician acciones para informarse y poder recuperar la titularidad de las calles.

No olviden comprobar el ibi, respecto vivienda y zonas comunes
ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
Tfo: 639308215 | adasgestion@gmail.com
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
ADASgestion
ADASgestion
13/08/2016 09:25
Dice que hay una nueva junta,directiva . Con nuevo presidente?
Deberán celebrar una junta extraordinaria para votar si quieren dejar el tema como esta o si inician acciones para informarse y poder recuperar la titularidad de las calles.

No olviden comprobar el ibi, respecto vivienda y zonas comunes
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Qurro
12/08/2016 17:52
No conocemos exactamente que firmo el presidente. Se le ha pedido copia a la nueva Junta Directiva y éstos dicen que no hay copia, se ha pedido también al Presidente en cuestión y dice que no tiene copia de nada, es más, en la última reunión, cuando se dio a conocer la Notificación del Ayuntamiento sobre la cesión , el asombro de los asistentes fue general, se le preguntó al Sr. que había enviado ese escrito y negó haber hecho tal cosa.
De todos modos el contenido de la notificación del Ayuntamiento dice:
"Examinado el escrito presentado por Don..... en calidad de Presidente de la Comunidad de Propietarios del Residencial ....., con fecha 1.10.2014 y registrado de entrada en este Ayuntamiento con el numero.... Por el que solicita la aceptación por el ayuntamiento de .... De la cesión gratuita de los viales correspondientes a las calles ... Y ... Que atraviesa. La citada Urbanización"

Después de ese escrito del 1.10.2014 se celebro junta ordinaria en la comunidad el 19.07.2015 y no se hablo nada de nada sobre este escrito. Y es el 29.07.2015 cuando la Comunidad recibe la notificación del Ayuntamiento, dando a conocer la Junta directiva la existencia de dicha Notificación en reunión del 24.07.2016.

Muchísimas gracias nuevamente por vuestro interés y rápida respuesta.
 
ADASgestion
ADASgestion
12/08/2016 15:43
Es difícil responder esas preguntas, se deberían conocer todos los documentos y fechas.
El presidente ha actuado mal y pueden ir por lo civil.
Conocen exactamente que firmó el presidente, para la cesión gratuita!
Si expropia el ayuntamiento deberá pagar por ese terreno. Y lo comunicará a la Comunidad
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Qurro
12/08/2016 13:32
La única información, que sepamos, que hemos recibido del Ayuntamiento es la Notificación de Julio de 2015, del acuerdo que tomo el pleno municipal en relación al escrito que que el presidente de la comunidad envió al Ayuntamiento en Octubre de 2014. En esa Notificación, como ya les he comentado, se acepta la cesión gratuita que el presidente hace de esas calles. Pero, claro, el presidente aunque actuo en nombre de la Comunidad, ni estaba facultado para ello ni existía tal acuerdo de los propietarios.

Entonces, permitamen que les haga las siguientes preguntas;
1- Significa ésto que aunque el pleno del Ayuntamiento haya aceptado esta cesión , mientras no haya acuerdo unánime de la Comunidad , ni segregación de los terrenos, el caso seguirá paralizado?
2- Ante la falta de respuesta de la Comunidad al Ayuntamiento, podrian tomar estos viales por la vía de la expropiación?
3- En caso de expropiación, los gastos de segregación y demás escrituras serian por cuenta del Ayuntamiento? Tendrian que pagarnos algo por los terrenos?
4- Como esta claro que el Presidente de la Comunidad ha actuado de forma ilegal en nombre de todos los propietarios, y ha ocultado toda esta información durante un año. Tendría alguna responsabilidad civil o penal? Se podría actuar contra este señor?

Muchísimas gracias nuevamente.
 
ADASgestion
ADASgestion
12/08/2016 10:18
Si con las Nn.Ss las calles se definen como públicas,
1) que ustedes no se entrasen que estaban las normas a información pública, para poder algún perjudicado una no conformidad. No les exime que están aprobadas y ya no tienen tiempo para solicitar una subsanarlos.
2) La única salida a lo que usted nos comenta es ;+esta claro que antes del 2006, sus calles son privadas y que con las nuevas norma urbanísticas se definen como públicas. Pues tendrá que expropiar el ayuntamiento esas calles. Es igual que en el caso de una finca quieran hacer una carretera, expropiaran que paguen mucho o poco será otra cuestión.
3) han tenido alguna información del ayuntamiento de la modificación de las normas y/o propuesta económica por expropiación.
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Qurro
11/08/2016 19:04
Muchísimas gracias ADASgestion por la respuesta. Me ha sido muy útil y me aclara bastante el asunto.
Las calles se encuentran dentro del recinto de la urbanización, por lo que están cercadas por las propias viviendas y solo tienen dos salidas a calles del Ayuntamiento. Estas salidas estaban valladas hasta hace dos años, cuando empezó todo este problema.

Por lo que respecta a si están estos elementos comunes dentro del IBI de los propietarios, entendemos que si, pero sera cuestión de comprobarlo documentalmente.

Con respecto a la licencia de obras, entiendo no hay ningún acuerdo de cesión posterior al Ayuntamiento, pues en la notificación del propio Ayuntamiento dice: " Esta urbanizacion , finalizada en el año 1993 aproximadamente, se ejecutó conforme a la Modificación n°1 del PERI n°5 de La Antilla de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del Municipio de Lepe de 1987, que contemplaba como espacios libres privados los terrenos que rodean las parcelas edificables, incluyendo las calles que atraviesan la urbanización de este a oeste que pasaron a denominarse Calles Alisios y Terral, y que ahora son las que pretenden ceder. Posteriormente, el vigente Plan General de Ordenación Urbanística del Municipio de Lepe, que entró en vigor en el año 2006 y derogó las NN.SS. calificó las Calles Alisio y Terral como Sistema viario de dominio y uso público".

Nuevamente les agradezco la respuesta y nos pondremos en manos de expertos para aclarar este problema.

Gracias y saludos
 
ADASgestion
ADASgestion
10/08/2016 23:25

A ser elementos comunes, aunque no parece que este vallado el espacio común, al menos no lo expresa Vd. se entiende que la calle es zona común, pero es de paso público.

Primero deberan asegurarse que esas calle son de uso privado y que en su recibo de IbI estan pagando lo correspondiente a esa zona comun. De ser así no habria problema con vallar su recinto de propiedad.

Comprobar que con la licencia de obra no hay algun acuerdo y/o exigencia respecto a la costrucción de viales y posterior entraga al Ayuntamiento, Es simlar al caso cuando se pone un transformador, lo ejecuta y paga la obra, posteriormente se cede a la compañia electrica correspondiente.

Si existe un escrito del Presidente que cedia ese espacio gratuitamente al Ayuntamiento, no es válido ya que no se ajusta a ley y no se ha informado en Junta. El Presidente representa a la Comunidad, pero no puede hacer de su capa un sayo, se tienen que ajustar a la ley.

Considero que el tema merece que sea estudiado por un abogado especialista en LPH. para dar una opinion se necesitan analizar la documentación.

 

 

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Fin del hilo
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