Buenos días.
Con relación a su pregunta me imagino que su Administrador le habrá contestado y querrá contrastar la información que le ha llegado. En este foro dificilmente vamos a poder decirle cual es el coste del Notario y el Registrador de la Propiedad porque depende de muchos factores (inmueble a desafectar, propietarios de la comunidad, poderes notariales, nueva escritura a presentar al Registro con las nuevas cuotas por propietario del edificio, dinero a percibir por la venta del piso, etc.). Depende el trabajo que tenga el notario y el registrador así será el coste de la desafectación. Desde luego barato no va a ser.
Loi que si le podemos decir de forma resumida es que pasos hay que dar. La desafectación como vd. sabe es convertir un elemento comun, como es la portería de un edificio en un elemento privativo. Cuando una comunidad desafecta un elemento común es porque tiene la intención de venderlo para conseguir fondos para la comunidad y que las cuotas por gastos comunes, al tener un saldo suficiente en la comunidad, disminuya, o bien se devuelvan las cantidades de la venta a sus propietarios en función de su coeficiente.
Recuerde, que la desafectación de una portería requiere la unanimidad de todos los propietarios presentes y ausentes, ya que el acuerdo afecta al título constitutivo y a los coeficientes de participación de cada uno de los propietarios. Al integrarse una vivienda mas, el coeficiente de participación del resto de los propietarios disminuirá proporcionalmente. Imaginese que la porteria es un 10% del coeficiente de participación total, pues ese 10% disminuirá proporcionalmente entre el resto de los propietarios.
Ahora que pasos hay que dar para la desafectación:
1º) Hacer una convocatoria donde se solicita este punto del orden del día.
2º) Que los presentes en la reunión estén de acuerdo en la desafectación. si los presentes son el 100% tema solucionado, sino estuvieran el 100%, hay que notificar el acta o un escrito a los ausentes indicándoles el punto y la propuesta y esperar 30 días a que se manifiesten los ausentes.
3º) Hay que explicar a ser posible en la convocatoria el coste económico que supondrá la tramitación y si este coste se puede sufragar con el saldo de la comunidad o bien hay que hacer una derrama para conseguir este objetivo indicado la posibilidad de devolución de esa derrama una vez se haya conseguido la venta del piso (si procede).
4º) Hay que facultar expresamente al Presidente de la comunidad, dentro del acuerdo llegado el día de la Junta, para otorgar la escritura pública necesaria para la inscripción posterior de ese elemento previo común en privativo. Hay que darle tantas facultades como se necesiten para la gestión de desafectación y posterior venta.El Notario nos facilitará con su conocimiento la posible extensión del poder.
5º) Es necesario que en la Junta que se va a adoptar el acuerdo de desafectación de elementos comunes, también se haga constar la cuota de participación que el nuevo elemento privativo va a tener, así como la remodelación del resto de cuotas que ese cambio ha producido en los demás elementos privativos. Igual que hemos dicho antes, es conveniente la previa consulta al Notario de este extremo, para que después no haya sorpresas en el Registro de la Propiedad.
6º) Si se va a vender el piso a un tercero y sabemos el vendedor, es necesario dejar constancia en el acuerdo de la Junta los datos de la persona o empresa que va a comprar el piso. Dependiendo quien vaya a realizar la compra puede afectar a la decisión de los propietarios. No es lo mismo vender el piso a un particular que a una empresa. En caso de que fuera empresa, sería interesante saber la actividad de la misma, no es lo mismo vender a una empresa que va a instalar una oficina a una empresa que va a instalar elementos industriales, químicos, radiológicos, etc.
7º).- Tambien es necesario que se haga constar como vamos a destinar el dinero de la venta. No es lo mismo destinar el dinero para que cada propietario reciba una parte proporcional en función de su coeficiente de participación en el edificio, como que dicho dinero pasará a engrosar el fondo de reserva del edificio para inversión posterior en diferentes reformas estructurales, de estética, etc. del propio edificio. También conviene indicar que si hay impagados en el edificio a dichos propietarios se le descontará la deuda que tienen pendiente antes de proceder a la devolución.
Por último indicarle que debemos de diferenciar la desafectación de un elemento común que requiere unanimidad de la totalidad de los propietarios, con la supresión de un servicio de portería que requiere solo las 3/5 partes de la totalidad de los propietarios.
Un cordial saludo.