Volver al foro
E
ebrodiezll
11/10/2016 02:42

reunion convocada por 25% de los vecinos

¿Quién preside y firma las actas en una reunión extraordinaria convocada por el 25% de vecinos de una comunidad?

3.141 lecturas | 10 respuestas

hola muy buenas a todos.

El motivo de mi comsulta es el siguiente.

si un 25% de vecinos de una comunidad, convoca una reunion extraordinaria, quien Preside la reunion y quien firmas las actas?

Gracias anticipadas por vuestra atencion e interes en ayudar.

 
B
Blont
13/10/2016 10:14

Perdon, si en el acta de convocatoria no esta expecificado la destitucion del presidente, pues no se puede tratar y votar ese tema. La junta se puede impugnar.

Lo que si pueden hacer, es enviar otra convocatoria anulando la anterior y en esta nueva si incluir lo del presidente.

Al ser extraordinaria no es necesario la recepcion con siete dias de antelacion, y en cualquier caso la convocan para mas tarde

 
P
Papardelle
13/10/2016 00:28
Gracias Blont pero ya hemos preparafo una Junta Extraordinaria(JE)es lo que ya estamos haciendo. Lee de nuevo mi mensaje...y verás lo que pregunto.
Gracias de nuevo
 
B
Blont
12/10/2016 16:32

Su respuesta esta en el art, 13.7

 
P
Papardelle
12/10/2016 11:26
Hola a todos,
En nuestra Comunidad estamos por celebrar una JE para revocar el cargo al administrador. Con la asistencia de un letrado hemos pedido al presidente de convocarlo, quien obviamente no ha convocado yamparandonos en el art. 16,2 LPH lo hemos hecho los propietarios que representan el 25% como indicado antes.
La JE tendrá un presidente y un secretario nombrado entre los asistentes. El secretario redactará el acta y será firmada por todos. Y levantará acta.
Tengo una pregunta: En el orden del día no hemos escrito la revocación del presidente, sólo la del administrador, por actuaciones graves y contrarias a los intereses de los comuneros. Solo que el presidente estaba al corriente de todo y ha ratificado con su firma las actas. Por tanto es cómplice de los hechos.
Se podría en algún modo hacer caer el presidente como cómplice de las actuaciones del administrador....OS doy un ejemplo...ha ordenado realizar obras en elementos comunes sin pedir permiso a la comunidad y sin votación unánime....gracias
 
P
Papardelle
12/10/2016 11:13
Perdonen ignoren lo que he escrito. Había añadido una respuesta y una pregunta pero se ha borrado. A continuación lo reescribió. Gracias
 
P
Papardelle
12/10/2016 11:08
Porque su "no" actuación y la ratificación con su firma...la del presidente....demuestra el complot entre ambos
Editado por Papardelle 12/10/2016 11:09
 
ADASgestion
ADASgestion
12/10/2016 00:33
Perfecto, es 25% de propietarios o 25% de las cuotas.
ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
Tfo: 639308215 | adasgestion@gmail.com
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
B
Blont
11/10/2016 23:49

Adasgestion, perdon pero hay un desliz en su respuesta.usted “Y”

El art.16.1 dice: o un numero de estos que representen, al menos, el 25% de cuots de participacion.

Y otra aclaracion de nuestro consultantes no es el 25% de los vecinos, es el 25% de propietarios, que es muy diferente

 
ADASgestion
ADASgestion
11/10/2016 22:18
¡ojo!
Será el 25% de las cuotas y del número
La presidirá quien ustedes propongan. Sería conveniente redactar el acta en el momento de la Junta y firmarla los asistentes.
ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
Tfo: 639308215 | adasgestion@gmail.com
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
B
Borni1974
11/10/2016 09:27

Lo normal es que las firme el presidente y el secretario, aunque, por su pregunta, entiendo que no van a asistir a esa reunión. En ese caso, creo que lo lógico sería que la firmaran todos los asistentes, de este modo quedaría constancia escrita de que son más del 25% de los propietarios y de las resoluciones acordadas.

Recuerde que en la convocatoria de dicha reunión debe figurar el orden del día, que serán los puntos que después podrán ser aprobados o no.

 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento