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A
angel.ortizp
10/01/2017 19:43

Permuta de trasteros no registrada de hace 38 años

¿Después de 38 años, la permuta provisional de trasteros se convierte en definitiva? ¿Tenemos alguna defensa para no ser desalojados?

3.180 lecturas | 13 respuestas

Hola,

Tras comprar una vivienda y descubrir que el número del trastero que tengo no es el mismo que el que figura en mi escritura, descubro que en el acta segunda de constitución de la comunidad (allá por el año 1978) se decidió permitir a algunos propietarios cambiar de trastero ya que el original estaba afectado o de grandes humedales, o de bajantes y maquinaria de bombas de aguas anexas.

Al comprar la vivienda pensé que se trataría simplemente del número de la puerta metálica del trastero, pero mi sorpresa viene cuando la comunidad manda una convocatoria de reunión ahora en la que impera a los vecino a que ocupen sus trasteros originales después de 38 años del cambio.

En aquel acta se permite esta permuta de forma explícita pero diciendo que tiene carácter “provisional” y no se registra la misma, pero se ejecuta fehacientemente. De hecho, yo compro la vivienda hace 5 años y el propietario original tenía sus pertenencias en el trastero cambiado y me entrega la llave de dicho trastero.

Mi pregunta es Si después de 38 años usando 6 vecinos estos trasteros permutado ¿no prescribe la provisionalidas y se convierte en una permuta definitiva?

O alternativamente ¿tenemos alguna defensa para no ser desalojados? Lo trasteros originales efectivamente aún tienen esporádicamente inundaciones, bajantes o columnas en medio y las máquinas de bombeo del agua en mitad  del pasillo de acceso a esos trasteros. Es decir, se permutaron precisamente porque estaban mal diseñada su ubicación.

Si después de todo no puedo hacer nada, ¿que tiene que hacer la comunidad para echarnos de esos trasteros? ¿Cuánto podemos resistirnos?

Muchas gracias. Cualquier recomendación es bienvenida pues somos 6 vecinos que no sabemos qué hacer después de 38 años usando un trastero. 

Gracias.

 

 

 

 

 
A
angel.ortizp
12/01/2017 10:22

Todo esto surge porque hace un par de semanas hubo una junta de vecinos y no dejaron en el buzón el acts de la misma en donde se decía que se había tratado el tema de los trasteros permutados en el 1978 y que se había decidido por mayoría que los propietarios que los ocupamos, los desalojemos en 60 días. Antes de esa junta, el portero nos pidió que mirásemos nuestras escrituras y le dijéramos que trastero teníamos escriturado, a petición del presidente. En ese acta no menciona explícitamente que vecinos asistieron ni que porcentaje de votación hubo, sino solamente, “que por mayoría se decide que los vecinos de los trasteros permutados en el año 78, los deben devolver a la comunidad antes de 60 días”. He entendido que deberían votar todos los vecinos presencialmente o posteriormente, y contabilizar todos los votos. Creo que deberíamos impugnar esa decisión, acudir los 6 vecinos a explicar o proponer una alternativa a la comunidad (para que los trasteros estén correctamente escriturados), preguntar a los vecinos quienes se sienten perjudicados por la permuta que se hizo en 1978, y luego que cada vecino vote y se registre ese voto nominativamente.

 

 

 
B
Blont
12/01/2017 00:40

Ojo, que va impugnar? De que junta?

 
A
angel.ortizp
11/01/2017 21:49

Muchas gracias Blont. Gracias a todos. Por lo que he leído creo que impugnaremos el acta de la reunión y pediremos al presidente y al administrador que comuniquen a todos los vecinos esa propuesta que se le ha ocurrido al presidente actual para que al menos se vote por todos los vecinos. Contrataremos un abogado para que nos asesore directamente y No sabemos que más poder hacer. En fin, según pase el tiempo os iré incluyendo la resolución final de este culebron  ya que me habéis ayudado con vuestros consejos, que menos que escribir lo que suceda finalmente  

 

 

 

 
B
Blont
11/01/2017 20:58

dice usted cuanto le costaría a la comunidad? pues a lo mejor le costaría a ustedes, porque el ir por las malas es ir a juicio,  y entonces se necesita abogado y procurador

referente a los 3/5 es de todos los propietarios. se vota en junta y despues hay que esperar 30 días para después de enviar el acta para que el propietario no haya ido a la junta pueda si quiere emitir su voto, entonces se recuenta los propietarios que han votado y de ahí se sacan los 3/5

 
A
angel.ortizp
11/01/2017 18:24

 

 

Hola Juno4, lo descubrimos al firmar las escrituras porque allí vimos que el número no se correspondía con el que había pintado en la puerta. El propietario nos dijo que había habido una permuta al entregarse los pisos en 1978 y que no había habido ningún problema desde entonces.

imaginate en el acto de escriturar cuando ya tienes todo hecho (la hipoteca concedida, la ilusión Dem entrar en tu nueva casa, la mudanza planificada, etc..). En ese momento piensas que si ha habido 38 años de paz no tendría porque cambiar. Y el problema no es simplemente mío, sino que somos 6 vecinos afectados.  

Luego he descubierto que la comunidad tiene más trasteros libres que usaban algunos vecinos de forma incontrolada y que había mucha tensión por el uso no regulado de esos otros trasteros. Lo típico, abusos, vecinos que se hacen con las llaves de trasteros libres y los usan por amiguísimos, etc… hace unos meses se obligó a los vecinos que usaban esos trasteros libres a que los desalojaran. Casualmente el presidente actual era uno de ellos y en cuanto ha llegado a la presidencia en su primera reunión ha debido pensar “a mi me han echado del trastero que usaba por la cara (adicional al suyo propio), así que voy a mover lo que sea para que también los que los tenían permutados se joroben como yo y salgan de los trasteros que no están escriturados como suyos”. Vamos, como he leído en algún mensaje de este foro, hay mucho revanchismon y envidias en las comunidades de vecinos.

Lo que me fastidia es que tras tantos años con estos trasteros permutados, y estando libres los que están en nuestras escrituras, ¿por que no registramos la permuta y no hay ningún trastorno que hacerle a nadie después de tanto tiempo?. 

Los 6 vecinos afectados estamos pensando en negarnos en redondo y que la comunidad tenga que gastarse dinero en juicios, abogados o en los geos para que vengan a echarnos y que vean el lío en el que les ha metido el iluminado del nuevo presidente queriendo que todos los vecinos se joroben como le tocó a el saliendo del trastero que usaba por la cara (como digo, además del suyo propio porque no le valía con ocupar solo uno).

¿Cuanto le costaría a la comunidad si tienen que ir contra nosotros por las malas?

 

 
J
juno4
11/01/2017 16:57
Sigo sin ver el problema. La maquina de bombeo esta en una zona común y aunque estrecha no impide el paso. En todo caso podríais estudiar la viabilidad de mover esa maquina a alguno de los trasteros comunitarios.

El que haya una columna dentro del trastero tampoco es problema porque esa columna ya estaba ahi en plano cuando se compró el trastero.

Con respecto a las bajantes, en casa de un familiar está así y no ha dado el menor problema. si la bajante esta mal, toca el correspondiente mantenimiento de la misma o renovación llegado el caso. Si se produce cualquier daño, la comunidad esta obligada a restituir al estado original lo dañado.

Donde si veo problema es en lo siguiente. ¿El anterior propietario les advirtió de que el trastero que les estaba enseñando no era realmente suyo sino de la comunidad?

No quiera usar o apropiarse lo que no es suyo, sino de la comunidad. En todo caso habría que estudiar la responsabilidad del vendedor si no os advirtió de ello.
 
A
angel.ortizp
11/01/2017 15:42

Hola Blont . Muchas gracias y perdona otra pregunta porque no sé nada de estos temas (ahora a la fuerza me pondré las pilas). ¿Son 3/5 del total de vecinos? ¿O 3/5 de los que fueron a la reunión?. Se juntaron 15 vecinos con el presidente pero el bloque tiene 11 plantas con 4 vecinos cada una, es decir, somos 44 en total.

 
B
Blont
11/01/2017 14:49

Son necesarios 3/5

 
A
angel.ortizp
11/01/2017 11:06

Adicionalmente, ¿sabeis decirme si para revocar la decición de la junta en la que se nos permitió “provisionalmente” el uso de esos trasteros de la comunidad em 1978, vale con que el presidente lo diga y se vote en una nueva junta?¿necesita unanimidad para revocar aquella decisión, o vale con la mayoria simple de las personas que acudan a esa reunión?.

Muchas gracias.

 
A
angel.ortizp
11/01/2017 09:20

Hola Blont, muchas gracias por vuestros consejos. Los trasteros que ocupamos ahora son de la comunidad. Es decir, cuando se hizo el edificio (año 1978) había 15 trasteros de sobra para la comunidad. En los primeros días algunos propietarios vieron que el trastero que les había tocado tenía estos desperfectos de los que os he hablado y en la segunda junta (está escrito en el acta de entonces) se permitió intercambiar el trastero defectuoso por otro de los que tenía la comunidad sin esos desperfectos. El problema es que no se registró esa permuta.  Y todo ha ido bien desde entonces, ya digo 38 años!. Lo que queremos es que se registre correctamente la permuta y que la comunidad se quede con esos trasteros que no son utilizables (si habéis visto la foto, decidme si conocéis alguna normativa de paso o algo así) y pongamos las escrituras en orden (si es que hace falta escriturar de nuevo o si vale con registrar la permuta). ¿Si yo (y otros 5 vecinos) estamos usando esos trasteros desde hace 38 años, no podemos registrar nosotros esa realidad de alguna forma?. Muchas gracias a todos por cualquier ayuda. Estos temas de comunidades de vecinos son,las típicas cosas que no te dejan dormir.

 

 
J
juno4
10/01/2017 23:39
La comunidad lo que tiene que hacer es reparar todos y cada uno de los desperfectos. Una vez subsanados no vie motivo para que cada cual no pase a ocupar lo que es suyo.
 
B
Blont
10/01/2017 23:38

Pero lo que no entiendo, es el trastero que actualmente ocupa usted y los otros afectados, de quien son

 
A
angel.ortizp
10/01/2017 22:43

Muchas gracias por tu respuesta. Lo que nos fastidia a los vecinos afectados es por qué después de 38 años ahora la comunidad nos demanda este cambio cuando se aceptó esa permuta al principio aunque no la registraron. He leído en otro mensaje del foro que la permuta de trasteros con la comunidad está regulado y el problema en su día fue que no registraron esa permuta. la comunidad dispone de varios trasteros adicionales y no sabemos la razón por la que ahora en lugar de oficializar con un cambio de registro los trasteros que de hecho se están usando, quieren sacarnos de los que usamos es de el principio. Los trasteros a los que nos quieren devolver, como comentaba, tiene defectos desde su construcción. ¿Por que no tenemos opción de que se registren los trasteros correctamente según se han utilizado durante los últimos 38 años?. Varios de los vecinos afectamos tenemos estanterías y enseres personales que no caben en los trasteros originales precisamente por los problemas mencionado, por ejemplo la maquinaria a la entrada que no permite ni girar las estanterías para meterlas. ¿Como voy a entrar en este trastero de esta foto?: https://drive.google.com/open?id=0B6EYP1MdLTmCd0JLMmpNcG1QYjA  https://drive.google.com/open?id=0B6EYP1MdLTmCd0JLMmpNcG1QYjA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fin del hilo
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