Carmena2017 dijo:
¡Muchas gracias por su rápida respuesta ADASgestion!
En caso de que un propietario se niegue a pagar la cuota establecida por la comunidad, ¿se le puede denunciar? ¿tiene que haber una cantidad mínima de “deuda” para poder hacerlo? y¿hasta qué punto prosperan este tipo de denuncias?
Desde luego que se le puede denunciar, si la comunidad vota por mayoría iniciar un proceso monitorio contra el moroso, lo pueden hacer. No hay una cantidad mínima para poder denunciar, pero no tiene mucho sentido denunciar a alguien porque debe 30 €, lo lógico es iniciar el proceso cuando se deben varios cientos de euros. En cuanto a las garantías de hacer que el moroso pague, estos procesos suelen ser bastante eficaces, siempre que la deuda haya sido consignada en las diferentes actas de las juntas de propietarios, de modo que quede claramente especificado la cantidad que se adeuda y en concepto de qué.