Volver al foro
alejandrocortes
alejandrocortes
15/03/2017 11:10

Conserje Nocturno o Vigilante?

15.144 lecturas | 14 respuestas

Hola a todos, os planteo una duda a ver si alguien sabe contestarme

Pidiendo presupuestos a empresas que ofrecen servicios de conserjería para un conserje 24horas, algunas de ellas me han comentado que el conserje de turno de noche al no tener ninguna tarea justificada propia de un conserje y sólo va a estar en la garita, esto inspección de trabajo lo considera “vigilante de seguridad sin arma”. Obviamente esto es más caro.

Me comentan además que inspección de trabajo está realizando campañas al respecto multando a trabajadores, empleadores y comunidades.

Hasta una empresa me ha mandado un texto (de la ley de seguridad privada ley 05/2014) en el que indican las sanciones a las que nos exponemos

¿Es esto así o es un bulo? ¿Entonces ahora todas las comunidades que tienen conserje nocturno tienen que aumentar su gasto para pasar a tener un “vigilante sin arma”?

Gracias

 
R
rozascity
02/06/2017 13:11

Hola la buenos días en nuestra comunidad pasaba lo mismo entonces hemos contratado un Ojo de Halcón que es un vigilante virtual, la factura de Conserjeria nos salía sonre 3200 euros por la noche y con el vigilante virtual que además es de seguridad nos sale 1400 y nos ahorramos casi 20.000 euros al año encima. Nos dijeron los problemas con las multas, y con esto sin problema 

 
ADASgestion
ADASgestion
09/05/2017 22:58

La cuestion no es pagar mas o menos. Es pagar un precio justo por los servicios que se reciben dentro de la Ley.

ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
Tfo: 639308215 | adasgestion@gmail.com
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
alejandrocortes
alejandrocortes
09/05/2017 17:00

La ley de seguridad privada ley 05/2014 especifica multas para los que contraten conserjes nocturnos en lugar de vigilantes. Es decir que la comunidad sería multada

Además evergirl71 la comunidad siempre es responsable subsidiaria.

Veo que hay división de opiniones sobre si un conserje nocturno debería de ser considerado “vigilante nocturno sin arma”. Le comenté al administrador la opción de ponerle a hacer tareas nocturnas propias de conserje para que no ocurriera esto, pero me dijo que hay que argumentar por qué se hacen de noche y no de día.

Vamos que al final si o si nos toca pagar más ¿verdad? Gracias de antemano

 
ADASgestion
ADASgestion
10/04/2017 23:35

evergil71?, SI,  estan ustedes asumiendo la irregularidad de que trabajen 12 horas, en el caso de que algun trabajador denuncie el horario y lo pueda demostrar, ya que maximo al año se pueden hacer  80 horas al año En estas horas no se computaran las que se debieron realizar por razones de fuerza mayor o compensadas por periodos de descanso durante los 4 meses siguientes a su realización.

ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
Tfo: 639308215 | adasgestion@gmail.com
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
E
evergil71
08/04/2017 20:43
Sí, las diferencias entre conserje y vigilante me quedan claras, lo q no veo claro es lo de los turnos de 12horas y nuestra responsabilidad en ese asunto. Gracias por la respuesta y un saludo.
 
E
evergil71
04/04/2017 02:18

Hola a todos. He leido lo que comentais acerca del conserje de noche y me he perdido en las cuentas. Me explico: La empresa de servicios que tiene contratada mi comunidad, nos brinda conserjería las 24 horas, nos cobra 7100 euros/mes. Lo que siempre me ha preocupado es que, sólo hay tres conserjes, que trabajan turnos de 12 horas (07.45 am a 19.00 y viceversa), uno de ellos corre turnos. Entiendo que ganan menos de 1000 euros/mes, con pagas extras prorrateadas y el de noche gana lo mismo que el de día. NO me parece que pueda haber legalidad pues cada uno de ellos trabaja 20 días/mes, o sea, 240 horas que divididas en 4 semanas, serían 60 horas/semana. No tienen derecho a días festivos, ni siquiera tienen horario de comidas dentro de esas 12 horas. Mi pregunta: Además de su empresa ¿acaso no será responsable nuestra comunidad de la irregularidad en el contrato de estos trabajadores? Gracias de antemano por cualquier respuesta que puedan brindarme. Un saludo

 
R
raqg
31/03/2017 20:41
Pues te dire que cuando se pidieron presupuestos algunos eran incluso mas baratos.
Añadir que hay que sumar el IVA.
De un mes de 30 dias se paga: 5400€ +IVA.
 
H
hma
31/03/2017 20:04

Pues claro que no salen las cuentas.

Como ha insinuado ADASgestión, a 7,5 €/hora no se cubren costes de personal.

Es muy fácil: Si el conserje trabaja 160 h/mes la empresa facturará 1.200 €/mes a la Comunidad.

Con esos 1.200 euros, deberá:

1.- Abonar el sueldo al conserje

2.- Pagar la Seguridad Social de dicho trabajador.

3.- Abonar el IRPF a Hacienda

4.- Abonar dos Pagas extras al trabajador.

5.- Hacerse cargo del mes de vacaciones retribuido a que tiene derecho el conserje, y sustituirlo por otro trabajador, mientras el primero disfruta de su periodo vacacional.

6.- Obtener beneficios que, al fin y al cabo, es el objetivo de la empresa.

Creeis que esto puede hacerse con 1.200 euros?

 

 
ADASgestion
ADASgestion
31/03/2017 09:26
He indicado incapacidad......no discapacidad. Sólo apuntar ese detaldetalle
ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
Tfo: 639308215 | adasgestion@gmail.com
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
R
raqg
31/03/2017 01:18
Todos los contratos estan mirados al detalle.
No tienen ninguna discapacidad y estamos muy contentos con ellos desde que empezaron.
 
ADASgestion
ADASgestion
31/03/2017 00:20
A 7.5 la hora es un éxito Conserje de día y de noche. Felicitaciones.

Revisen los contratos de la Empresa y sus trabajadores. Las cuentas no salen
Ojalá no tengan en nómina a personal con incapacidades y en algún momento tenga que asumir algún problema.
ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
Tfo: 639308215 | adasgestion@gmail.com
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
R
raqg
29/03/2017 16:51
Hola,
En mi urbanicacion hay consergeria 24h y se paga igual de dia que de noche.
Un vecino por su trabajo se conoce la ley que regulan todo lo relacionado con conserjeria y vigilantes y si que se puede tener un conserje de noche.
El nuestro hace varias labores de noche como:
- dar alguna vuelta por la comunidad para ver posibles desperfectos y comprobar que las puertas contra incendios estan cerradas.
- sacar los cubos de basura y limpiarlos y meterlos cuando ya ha pasado el camion.
- visionar las camaras que hay que solo graban los accesos (antes esto solo lo podian hacer vigilantes pero se cambio en la ley y se puede si solo graban accesos)
Vamos que no te intenten cobrar más.
Lo que te comento es en Madrid y pagamos 7,5€/hora.
 
alejandrocortes
alejandrocortes
27/03/2017 20:05

Por la noche sólo estan para abrir la puerta si alguien lo solicita.

Aunque por lo general quien llama al telefonillo llama a cada casa y somos nosotros los vecinos quienes le abrimos, no ellos. 

¿Esto podría ser sancionado?¿Por la Policía Nacional? me comentaron que las inspecciones las hacía inspección de trabajo

 
ADASgestion
ADASgestion
20/03/2017 22:38

Dependerá de las funciones.

Si hacen control de acceso será una función de un vigilante de seguridad y en el caso de que haya una inspección de la Policía Nacional, podría haber sanciones.

 

ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
Tfo: 639308215 | adasgestion@gmail.com
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento