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A
Anton321
23/04/2017 11:31

Conflictos de interés en el ejercicio de cargos

4.177 lecturas | 4 respuestas

Aunque la LPH contempla la posibilidad de ser presidente y administrador, creo que podrìa existir un evidente conflicto de intereses en el caso de que el Administrador profesional es también propietario y le toca en turno ejercer de presidente, porque hasta qué punto no estarán condicionadas sus decisiones y su voto como presidente por los intereses de su empresa? No sería razonable que, en estos casos, para garantizar su imparcialidad, tuviera que abstenerse en las votaciones, logrando con ello que su voto se sumase al de la mayoría?

 
B
Blont
12/08/2017 18:26

Pues que los votos de los que no van, se los den a usted.

Tambien lo que debe comprobar, es que eSa representacion que le han dado, se cerciore de que es sol y exclusivamente para ell. No vale un papel para toda la vida.

http://garciacollado.blogspot.com.es/2010/02/modeloformulario-de-escrito-de.html

https://comunidadhorizontal.com/comunidad-de-propietarios/formularios/modelo-representacion-en-junta-propietarios.php

https://www.wonder.legal/es/modele/formulario-escrito-representacion-junta-propietarios

Si las representaciones no son legales, va a tener problemas, hasta incluso podria falsear el acta.

Consejos; Grabe la junta, no tiene que pedir permiso

Busque  en google :validad como prueba grabacion audio junta

http://bcnconsultors.com/las-grabaciones-de-voz-son-una-buena-prueba-judicial/.

Si no admite lo dicho por usted, debera salvar el voto en todos los puntos. Debera decir que no esta de acuerdo con esa votacion y que su voto es no.

Luego debera impugnar en el juzgado el acta.

Es un poco complicado. Pero usted solicita una salida. Esta es la unica que existe.

No todos los acuerdos, se aprueban por mayoria absoluta

 
A
Anton321
08/05/2017 19:58

Gracias, mafnieto. Saludos

 

 

 

 
mafnieto
mafnieto
30/04/2017 12:33

Buenos días, la duda planteada por Anton 321, tiene su explicación. En el ámbito procesal, cuando un Juez conoce de un asunto en el que tiene un interés directo ( p.ej. tiene que enjuiciar a su sobrino) su deber, es “abstenerse” de conocer sobre el asunto y dejar que sea otro juez el que conozca el caso. ¿ Es extrapolable tal caso a la Administración de Fincas ? De ningún modo Anton321, y esto es así, porque: a) El Administrador, como vecino, tiene derecho a conocer sobre cualquier asunto que le afecte como propietario; b) Los intereses de su empresa no pueden imponerse en una Junta de Propietarios, porque el órgano que representa la soberanía de la Comunidad es la Junta de Propietarios ( Art.14 LPH) y no el presidente, porque lo que tiene un presidente ( que no es poco ) es un deber de representación procesal y extraprocesal de la Comunidad, ( Art.13 LPH) pero sin que ello suponga hacer lo que quiera, sino hacer lo que la Comunidad autorice y acuerde.

El planteamiento de si un Administrador debe ser el Administrador del propio inmueble en el que vive es un asunto siempre conflictivo en el ámbito personal que no legal. Me explico con mi caso propio: yo puedo ser Administrador de mi edificio, pero no lo seré jamás porque  a titulo personal, entiendo que no debo serlo, y porque lo último que quiero al llegar de mi despacho es tener que seguir resolviendo problemas pero ahora de mi inmueble. No compensa ( insisto, para mi) de ningún modo, ejercer como Administrador en la Comunidad donde vivo, pero eso no implica que esa ilegal esa opción.

Saludos.

Administración de Fincas Miguel Ángel Fraile
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B
Blont
23/04/2017 22:21

La ley no cotempla ese caso.

Su vecino tiene ese derecho.

Y porque va a existir conflicto de intereses.

No se a que intereses se puede referir, en una comunidad, ni manda el presidente y muchos menos el administrador, manda la comunidad, y si no lo hacen asi, la culpa es de los propietarios

 

Fin del hilo
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