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J
Jose2727
18/05/2017 21:31

Morosos en junta de vecinos

2.191 lecturas | 5 respuestas

Un moroso, ¿ tiene derecho a voto en una junta de vecinos ?

 

 
B
Blont
19/05/2017 15:14

Mi comentario no era contra usted, contestaba a Pasacero

Gracias por la oferta, pero tambien tengo algunas, tal vez son las mismas

 
F
Fixin
19/05/2017 13:13
No, en la ley no lo dice expresamente. Por eso digo que es un tema de doctrina jurisprudencial, es decir, que unas audiencias opinan una cosa y otras lo contrario.
Si le interesa le puedo facilitar los datos de sentencias en ambos sentidos??
 
B
Blont
19/05/2017 13:09

No veo por nigún stio que un moroso pueda votar siéndolo.

otra cosa bien distinta es que cuando se impugne el acuerdo donde se le negó la votación, el juez le de la razón

ART.15.2

2. Los propietarios que en el momento de iniciarse la Junta no se encontrasen al corriente en el pago de todas las deudas vencidas con la comunidad y no hubiesen impugnado judicialmente las mismas o procedido a la consignación judicial o notarial de la suma adeudada, podrán participar en sus deliberaciones si bien no tendrán derecho de voto. El acta de la Junta reflejará los propietarios privados del derecho de voto, cuya persona y cuota de participación en la comunidad no será computada a efectos de alcanzar las mayorías exigidas en esta Ley.

 
F
Fixin
19/05/2017 10:28

Como regla general al art. 15.2 LPH priva del derecho de voto a los propietarios morosos al inicio de la junta.

Para todos acuerdos que precisen la aprobación por 3/5 o por mayoría simple esta prohibición de voto opera siempre.

Cosa distinta es cuando la votación necesita de unanimidad por  tener como fin la modificación de Estatutos o título constitutivo o aquellas votaciones en las que se necesita el consentimiento expreso del propietario afectado y dicho propietario es moroso. En estos casos la doctrina jurisprudencial está dividida y si bien es mayoritaria la que apoya la prohibición de voto no hay que olvidar que otra parte cree que los morosos deben ser tenidos en cuenta a la hora de votar en estos casos que le he comentado.

 

 
B
Blont
19/05/2017 00:13

Lea el art. 15.2 de la LPH

 

Fin del hilo
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