Exacto esa sería la diferencia entre conserje y portero, recogida en el convenio de empleados de fincas urbanas.
Te adjunto el Link: https://www.comunidades.com/guia-laboral/convenios-colectivos-de-empleados-de-fincas-urbanas/madrid/
De ello dependerá el contrato que se le haga y lo que os cueste, ya que dentro de su retribución se tiene en cuenta si pernocta o no en la comunidad
Por cierto, os recomiendo que le soliciteis a vuestra gestoría que incluya todos los extras que debería tener en nómina el portero o conserje para que esté todo legalmente recogido y que os de el precio antes de dar algún paso adelante
Un saludo