Hola,
Tras dos años tratando de convencer en solitario a mis vecinos de las Lomas de los Monteros de Marbella que nuestro administrador debía ser despedido, el lunes hay una reunion extraordinaria para despedirle, ¿Las razones? Entre otras: No reponde ni a los vecinos ni a la Junta DIrectiva, no aparece por la urbanización, el servicio es penoso, no he enviado el acta de la anterior junta de propietarios (20 de marzo, ¡ hace 7 meses! ) y no consigue explicar un desfase contable de 40.000€ de 2015 (en marzo de 2016 se presentaron cuentas y auditoria que señalaba ese desfase, salvo mi voto – y los que yo tenia delegados- todos los propietarios aprobaron las cuentas asumiendo que habría una explicación, en la junta de marzo de 2016 no tenia la explicación y se delego en el tesorero para que se la diera: no lo ha conseguido).
Con este panorama convenzo al Presidente de la necesidad de presentar alternativa, creo que hay que dar la oportunidad a los vecinos de presentar cada uno que quiera posibles opciones y que la Junta Directiva selecciones tres candidatos para que entre los vecinos elijamos uno. Pero no lo hacen así, La Junta Directiva convoca, justo en el plazo legal, una Junta Extrarodinaria para votar entre el actual administrador (con su historial) y una única propuesta. Estamos casi “obligados” a aceptar al nuevo Administrador (me parece en principio bueno, es más, yo lo busqué hace un año como posible candidato, pero el proceso es “poco participativo”).
Pero además incluyen un punto más en el orden del día: “Elección del Sr. B.W. (un vecino) como miembro de la Junta Directiva”. Es decir una elección a partido único, podemos decidir si el Sr. B.W. es elegido para la Junta Directiva o no, pero con esa redacción de orden del día ¡ impiden que se pueda presentar otro candidato !. Claramente ese tipo de elección no es ética, pero ¿es legal?
Os agradecería la respuesta lo antes posible, la Junta es el lunes 28. Muchas gracias.