ese acuerdo debe estar reflejados en los estatutos, y estos se aprueban por unanimidad
el presidente no es nadie para prohibir el acceso a otros propietarios de una zona común.
vaya al registro de la propiedad y solicite la escritura de obra nueva del edificio, y como ahi no le vendrá dicha prohición, se la restrega por la cara al que se cree dueño de la finca
si se lo vuelve a decir: exija enseñe los estatutos y le indica que como cambie la cerradura emprendera acciones judiciales contra él, por impedir el acceso a zonas comunitarias