Volver al foro
A
altote
24/01/2018 16:25

Prescripción deudas con la comunidad nuevo propietario ?

¿Tengo que pagar una deuda de la comunidad de propietarios de un garaje que adquirí en subasta?

8.866 lecturas | 1 respuestas

Hola, muy buenas, el día 9 de enero he adquirido un garaje mediante una subasta, he ido al administrador de la comunidad y me dice que el garaje acumula una deuda desde el año 2012 de  874,86 €, que según me dicen como nuevo propietario tengo que asumir. Yo le respondí que lo lógico sería que pagase el año actual y que lo que deba el anterior propietario que se lo reclamen a él, todo esto desconociendo yo del tema así que le dije que ya me pasaría otro día, y ganar tiempo por si me la está colando.
Me responde que ya se lo han reclamado y que consta en el registro de la propiedad una carga a favor de la Comunidad por esa deuda y que al estar registrada tengo que pagar sí o sí. El caso es que Hacienda me entrega el garaje "libre de cargas", entonces no sé si libre de cargas también incluye las de la comunidad. He estado buscando por internet información al respecto y creo entender que la obligación al pago en todo caso si me correspondiera sería de los últimos 4 años, aunque desconozco si tiene en cuenta el año actual y los 3 anteriores o el actual y los 4 anteriores y el resto prescribirían, pero no sé si al estar en el registro no prescriben.

También me gustaría saber si para reclamar la comunidad dicha deuda tiene que haber nota en el registro y que si no la hubiera el nuevo propietario no estaria obligado a pagar ?. En fin agradecería cualquier ayuda.
Muchas gracias.


Editado por altote 24/01/2018 16:25
 
J
juno4
24/01/2018 23:35
Al escriturar el notario incluye la misma al momento de la firma. Asi que ya la tiene.

Habria que consultar un especialista, pero entiendo que cualquier carga registrada en el registro de la propiedad ha debido ser anulada en el acto de la compra o antes ya que sino no se podría escriturar como libre de cargas.

En todo caso, y salvo que haya firmado en escritura que los gastos de comunidad estan al día, como poco le tocará pagar las cantidades no registradas en el registro hasta el limite antes comentado.

Convendría leer bien las escrituras ya que estas especificaciones son habituales.
 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento