Volver al foro
M
MELLY
02/04/2018 17:24

VENTA PISO CON DEUDA COMUNIDAD

¿Debo cumplir el acuerdo de pago con la comunidad para un piso ya vendido?

3.720 lecturas | 3 respuestas

Buenas tardes,

Mi madre compró un piso sin saber que tenía deuda de comunidad, tanto de las cuotas ordinarias como de extraordinarias. Son cuotas desde 2006 hasta 2009. La comunidad la demandó y claro está la condenaron a pagar las cuotas pendientes desde antes de que ella comprase el piso. En 2015 vendimos al banco el piso (No dación), con la comunidad pagada desde que ella lo compró ( 2010) pero con las cuotas anteriores pendientes. Llegamos a un acuerdo con la comunidad en 2015 para el pago aplazado de las cuotas pendientes, y a día de hoy se han pagado todas cuotas ordinarias pendientes de 2006 a 2009 pero faltan las extraordinarias.

Mi pregunta es si mi madre está haciendo bien las cosas o la deuda de la comunidad la tiene Aliseda ( quien le compró el piso) y el dinero que está pagando no va a ningún lado?? 

Gracias

 
carolinevega
carolinevega
06/04/2018 21:30

Fixin es que existe algo raro en la exposicion. 

Es correcto lo que usted dice, dado que la LPH cambio ese punto, pero es que Melly dice queexiste una condena a abonar desde 2006 al 2009, cosa por otro lado muy extraño

 
F
Fixin
06/04/2018 13:13

Creo que Pasacero no sabe manejar el pasado.

En el año 2010 solo ESTABA obligada a pagar 2010 y 2009, no el resto.

El acuerdo con la comunidad es de 2015, cinco años después, y del que yo no he comentado nada.

 
F
Fixin
06/04/2018 12:37

Su madre compró en 2010 un piso con deudas comunitarias.

Las deudas son desde el año 2006 al 2009.

Su madre estaba obligada a pagar las deudas que hubiese de 2010 (año que compró el piso) y del 2009 (el año inmediatamente anterior).

El resto, deuda de 2006, 2007 y 2008, no estaba obligada a pagarla ya que la afección real del inmueble en 2010 era del año en curso y el año anterior.

 

 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento