En mi comunidad se aprobó hace tiempo que se impondría una sanción, por impago de las cuotas de 1€ por día de retraso, sea cual sea el importe del impago.
Ha pasado ya tiempo y ahora resulta que hay personas que, por unos motivos u otros nunca terminan de estar al corriente y otros que llevan varios años sin pagar, de modo que deben mucho más dinero por la sanción que por las cuotras pendientes. A la hora de denunciar a estos propietarios morosos, ¿se les puede denunciar por el importe total de la deuda, es decir por la cuota más la sanción? o ¿esta sanción es abusiva y la justicia únicamente permitirá cobrar la deuda con la comunidad más los intereses de demora?
Lo pregunto porque no todo lo que se apruebe en junta se puede realizar, ya que puede ser que se apruebe algo de dudosa legalidad, como en este caso.
Gracias.