En este caso, donde el acuerdo excede las competencias del buen funcionamiento de la comunidad, yo hablaría con el administrador explicando su postura, indicando que por mucho acuerdo que haya en la comunidad, no se pueden acordar gastos totalmente ajenos a la comunidad.
Como bien dicen, para impugnar acuerdos en junta, es necesario hacerlo con abogado y procurador y en el plazo de los 3 meses siguientes a la adopción del acuerdo en junta, o en el caso de que sean acuerdos que contravengan la ley, en el plazo de 1 año.
Yo intentaría resolverlo a buenas con la comunidad antes de meterme en el juzgado, aunque en este caso, creo que tiene todas las de ganar.