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J
Joxed
30/06/2018 17:05

Expropiación por instalación ascensor

¿Puedo reclamar una indemnización por una expropiación de mi patio?

4.720 lecturas | 1 respuestas

La Comunidad de vecinos está planteándose la instalación de un ascensor.

Existen 2 opciones:

La 1ª pasa por instalarlo en la escalera con una caja pequeña y dejando una distancia de 80 cm en la escalera que es lo mínimo exigido, pero legal, según el instalador

La 2º entiende por hacer una caja de ascensor más amplia y sacar la escalera por el patio, invadiendo parte de este patio y perjudicando mis intereses

 

Yo soy propietario del 1º piso y el patio en cuestión consta como parte de mi finca en las escrituras, que se ve repercutido en la cuota de participación con un 6% en contra del  5% con el que cuenta el  resto de propietarios de los pisos superiores.

 

Pueden optar por la 2ª opción existiendo otra opción legal (la 1ª) que no perjudica los bienes de ningún otro vecino?

En el caso que si puedan,  como puedo defender mis interese reclamando una indemnización por la expropiación?  y como quedaría reflejado en mi cuota de participación?,  ya que al perder parte del patio también debería revisarse.

 
lola99
lola99
15/07/2018 03:16

Muy interesante su escrito¡¡¡¡ ya que estoy en caso parecido¡¡¡¡, solo que en micaso plantean derribar la totalidad de las escaleras existentes en la actualidad, poner el ascensor en el hueco de la escalera y poner escaleras en patio, con lo cual el patio se me quedara a la mitad.Y para postre contadores de agua estan en hueco escalera
De entrada segun mi opinion es imposible poner el ascensor por la estructura del hueco, y teniendo en cuenta como bien dice que los escalones deven tener un minimo de 80 cm, en algunos casos admiten 70, todo no entra¡¡¡¡ pero claro cuando administracion se lleba tajada todo entra¡¡¡¡¡ como curiosidad habia 4 presupuestos y casualmente se le olvidaron 3 y casualmente el que si llevo fueron los de esa empresa, con eso creo que lo digo todo.
Respondiendo….. 80 cm son minimo de escalones de ancho, no se si 80 se refiere a desde caja ascensor a escalera.
deve  tener en cuenta que los patios tienen un minimo exigido no se puede tapar el patio porque si, despues supongo que abajo ya que dice que vive en 1, habra tiendas como mi caso y yo propietario de una, deve tener una minima medida el patio para ventilacion y las tiendas no son pisos, no tienen cedulas de habitabilidad pero si deven tener una ventilacion, vamos que no pueden tapar la ventilacion, si pasaran sanidad poque puede ser un local abierto al publico deve cumplir una legislacion, acuda con los planos al arquitecto municipal a ver que le dice
Lo que no tengo claro si vive en un 1 tiene un patio pero puede salir al patio para usarlo?si puede salir al patio y usarlo (si tieen suelo)  si que le tienen que indemnizar, si no tiene solo ventana por ejemplo no.Lo que no pueden hacer es expropiarlo, si por ejemlo tubieran que poner ascensor por dentro su casa ya que eso seria su propiedad, el patio es de uso compartido, la propiedad es de la comunidad pero el uso es suyo

 

Fin del hilo
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