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M
Mrabacus
21/12/2018 22:47

Asistencia a Junta

¿Es legal subir las cuotas a los propietarios que no asisten a la junta de propietarios?

1.576 lecturas | 7 respuestas
Hace unos dias celebró la junta anual de propietarios de los garajes del edificio, a la cual no asistí.

Pues bien, dias después recibí el acta de dicha junta, en la cual uno de los acuerdos es subir las cuotas solamente a los que no asistan a las juntas.
Un par de dias despues me pasan el recibo semestral con dicho recargo.

Es esto legal?
En caso de no serlo, que articulos de la ley puedo utilizar para impugnar el acta o que pasos puedo seguir?

Un saludo
 
carolinevega
carolinevega
23/12/2018 00:48

Lleva usted toda la razon del mundo.

Yo soy la Pitia del siglo XXI, y mis oraculos son empiricos, los cuales emanan de mi espiritualudad,  y que como maxima sacerdotisa (colmada de sabiduria por Apolo), de la Comunidad de Propietarios mi oraculo es siempre verdadero

 
carolinevega
carolinevega
22/12/2018 23:53

Desde cuando si se aprueba un acuerdo anulable tiene un propietario que recabar si la comunidad esta de acuerdo, si a el le perjudica y lo desea impugnar pues que lo haga.

Veo que desconoce por completo la LPH. Para impugnar un acuerdo nulo, no necesita apoyo de nadie.

Lo que usted propone es lo que ocurre muy a menudo en las comunidades, que existevun satrapa y se cree dueño de la hacienda y todos como son sus vasallos, deben acatar lo que el quiere aprobar en una junta.

Su comentario hace mucho daño a personas que desconocen sus derechos

 
carolinevega
carolinevega
22/12/2018 16:41

Pues otro punto mas para impugnar.

Uno. No se pueden votar temas que no figuren en la convocatoria

Dos. La comunidad no tiene capacidad coercitiva

Tres echen al seudoadministrador desconocedor de la Lph.

Y le aconsejo que deje de abonar su cuota a traves del administrador, solicite numero de cuenta corriente de la comunidad y haga usted el ingreso por transferencia, gratuita por internet

 
M
Mrabacus
22/12/2018 16:15
En la convocatoria no figuraba ese tema
 
carolinevega
carolinevega
22/12/2018 16:07

Le pregunto si en la convicatoria figuraba ese punto para votar.

Si no figuraba, en el burofax le indica que si desconoce que un tema wue no figura en el acta no se puede votar.

 

 
M
Mrabacus
22/12/2018 07:39
Si, lo mas curioso de todo es que el administrador es un profesional, y que no les advirtiera de la irregularidad del tema

En la convocatoria no se especificaba que la asistencia era obligatoria
 
carolinevega
carolinevega
21/12/2018 23:50

Mira que he oido cosas absurdas, pero esta se lleva la palma, (y no lo digo por usted).

Envie burofax al administrador para que quede constancia, y le indica  que la comunidad no tiene autoridad alguna para imponer penalizaciones y menos en este caso segun lo expuesto en el art. 15.1 de la L.P.H. 1. La asistencia a la Junta de propietarios será personal o por representación legal o voluntaria, bastando para acreditar ésta un escrito firmado por el propietario. 

Diganos si ese punto figuraba en el acta de la convocatoria, es muy importante.

Indica que esta en contra de esa votacion y que su voto es no, y que si en el plazo de una semana no se corrige tamaño dislate y se le devuelve la penalizacion cobrada emprendera las oportunas acciones judiciales para impugnar dicho acuerdo.

Luego buscara abogado y procurador, y la comunidad perdera el juicio y pagara las costas, incluidos su abogado y procurador, y usted no contribuira a dicho gasto

Tienen administrador profesional?

 

 

Fin del hilo
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