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silvia87
02/01/2019 13:08

Impago anterior propietario con certificado al corriente de pago

¿Estamos obligados a pagar una deuda de la anterior propietaria de la vivienda que adquirimos?

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Buenas a todos, a ver si alguien me puede ayudar

El 18 de octubre adquirimos mi marido y yo una vivienda con terreno, de segunda mano

En el momento de la firma, la anterior propietaria entregó un certificado al corriente de pagos de la comunidad de propietarios, a fecha 30 de septiembre

Tras adquirir la vivienda y hablar con la comunidad para dar nuestros datos, nos reclaman un recibo de regularización de agua de los 3 primeros trimestres del año de 151€ que al parecer, la anterior propietaria les ha devuelto

La comunidad pasa un recibo trimestral de 120€ por gastos de comunidad y de 100€ por agua de riego y potable cada tres meses (enero, abril, julio y en octubre). La anterior propietaria pagó 3 recibos de 120€ de comunidad y 3 recibos de 100€ de agua. Cuando ella comunicó que vendía la vivienda y necesitaba el certificado al corriente de pago (todo esto según el administrador), este le dio el certificado y le indicó que regularizaría el consumo de agua. Para ello hizo fotos de los contadores y el recibo resultante hasta esa fecha era de 451€. Al haber adelantado ella 300€ en los 3 trimestres ya vencidos, le quedaba a deber 151€.

La propietaria le indicó a la comunidad que se lo pasasen a ella al pago pero después les devolvió el recibo del banco y según el administrador de la comunidad ahora se niega a pagarlo

Por nuestra parte, creemos que al tener un certificado al corriente de los pagos no deberíamos hacernos cargo, pero insisten en que nos van a reclamar el importe a nosotros judicialmente

Nosotros hemos contactado con la inmobiliaria que nos vendió la casa, y nos da la razón además de decirnos que contactaría con la propietaria pero hasta el momento no hemos tenido noticias.

Quería saber si aún con este escenario y según la ley, debemos hacernos cargo nosotros y reclamarlo a la anterior dueña y si por el contrario estamos exentos al tener el certificado al corriente de pago. La comunidad se escuda en que la emisión del recibo es posterior al certificado y nosotros a que ese consumo es de un periodo anterior a la venta y tenían que haber indicado en el documento de pagos que esta regularización estaba pendiente

Un saludo

 

Fin del hilo
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