Buenos días,
Si el acceso al local se hace desde una parte externa al portal, no tienen porque darle llaves del portal, no obstante, si esta en su derecho a tener acceso solicitandolo a la comunidad, es decir, cualquier vecino le debe dar acceso al portal, llama al timbre de cualquier vecino y le deberían abrir, en cuanto al cuarto de contadores, debe disponer de una llave de triangulo, por lo que no necesitaría una llave especifica para acceder, normalmente son zonas donde debe limitarse el acceso por seguridad, pero no significa que no se pueda acceder para comprobar la lectura del contador.
En cuanto a los pagos que esta realizando a la comunidad, debería informarse a que gastos comunitarios corresponde y si debe o no abonarlos. Para saber esto lo puede ver en los estatudos de la comunidad.