Mi pregunta es si es válida la convocatoria a junta exclusivamente por correo electrónico o además se necesita que se envíe también por correo ordinario?
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Muchas gracias Carolina.
En junta y por unanimidad, a usted nadie le puede obligar a facilitar su e-mal
también puede ocurrir que sus vecinos si lo quieran y usted no, pues a ellos que se lo manden como deseen
Entonces entiendo que si se aprueba en junta es posible hacer así las convocatorias. Se trata de evitar el gasto de la comunidad en fotocopias ...
Pues eso depende de ustedes, nosotros no sabemos si en junta ustedes lo aprobaron
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