He recibido la orden del día de la próxima JGO, y uno de sus puntos pone textualmente:
“Lectura, estudio y aprobación, si procede, de las cuentas correspondientes al ejercicio 2018-2019”
El presidente ha convocado la reunión para el día 1 de junio de 2019.
Resulta, que lo que tenemos que aprobar son las cuentas correspondientes al periodo del 1 de julio de 2018 hasta el 30 de junio de 2019, y como podréis observar, falta un mes todavía para terminar el ejercicio anual presupuestado de gastos, y aprobado en la anterior Junta.
Pregunto ¿Esto es legal? ¿Hay alguna manera de frenar y parar esta imposición del presidente? ¿Esto se puede impugnar?
Por favor, pido vuestra asesoría. Gracias