Se trata de un arrendamiento de una parte del edificio a la empresa interesada, que puede suponer unos sustanciales ingresos mensuales dependiendo de la zona donde se encuentra ubicada la finca y el tamaño de la publicidad.
Para poder llevar a cabo este arrendamiento deberemos tener en cuenta una serie de factores. Primero consultar la ordenanza reguladora de la publicidad exterior de nuestro municipio, donde se indica si está permitido o no este tipo de publicidad y las condiciones normativas que deberán cumplirse.
Debido a que se trata de una operación de arrendamiento por parte de la comunidad, deberá aprobarse la operación mediante votación en junta ordinaria o extraordinaria. Deberá ser ratificado por una mayoria de tres quintas partes.
Si finalmente la comunidad decide realizar un alquiler de fachada para publicidad, el siguiente paso será solicitar el permiso del ayuntamiento que constate que cumplimos con la ordenanza municipal sobre rótulos y fachadas. Para poder obtener la licencia de publicidad exterior.
Para solicitar el permiso probablemente necesitemos un Proyecto técnico realizado por un profecional como un arquitecto o arquitecto técnico que compruebe que la estructura, la superficie de instalación y el soporte cumplen la normativa, son seguros y no pueden causar un problema para los vecinos o viandantes.