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L
lena123
20/08/2019 11:26

La construcción de una rampa invade mi plaza de garaje

¿La comunidad tiene derecho a invadir la propiedad de mi garaje?

4.967 lecturas | 10 respuestas

Vivo en una comunidad de cuatro portales, mi portal decidió instalar el ascensor (al cual vote que sí) separandose en una subcomunidad del resto de los portales, en la reunión se habló sombre la instalación de una plataforma elevadora (a la que tampoco me opuse pero no se concretó nada en ese momento). El problema viene cuando regresando de mis vacaciones un vecino me comenta que se ha decidido poner una rampa con lo que implica mi plaza de garaje, bajando el techo como en una especi de cuña.  Hable con la empresa administradora y me dijo que no se ha votado y que fue idea de un vecino pero no me pueden invadir mi plaza sin mi consentimiento, tres dias despues me llamó diciendome que cabia la posibilidad que se hiciera la rampa. Hablando posteriormente con el arquitecto me dijo que como bien común para la comunidad lo tenia que hacer.

Mis preguntas son:

¿Tienen derecho a invadir la propiedad de mi garaje?

En caso de que la comunidad vote que sí a la rampa ¿puedo hacer algo?

En la reunión se habló de una plataforma, teniendo esta posibilidad si los vecinos votan que si a la rampa, ¿me tengo que conformar? Los perjuicios a parte de bajar mi techo seria tener que sacar mi coche del garaje durante una semana y que duerma en la calle ( con lo que ello implica).

Conozco el articulo 10.1 pero, si hay opciones y el coste es el mismo (rampa o plataforma) y mis vecinos deciden la rampa ¿no tengo mas remedio que aceptarlo?.

No me he opuesto en ningún momento a eliminar barreras solo a que se modifique mi plaza de garaje.

 


Editado por lena123 20/8/2019 11:31
 
GTAE
GTAE
25/08/2019 11:53

El Codigo Tecnico establece el Orden de ejecución de las obras de accesibildiad.  1º  COTA “0”,   2º Rampa  y 3º Plataforma Elevadora.   A la vista de los planos  tanto la cota  “0 “ como la plataforma elevadora  suponen una mauor afectación a la parcela de garaje.  La opción de la rempa es por lo tanto la opción adecuada y de menor afectación a la parcela.  Usted esta obligado a soportar la servidumbre en aplicación del artículo 9.1. c  de la LPH con independencia de que exista normativa que le permita  iniciar un procedimiento de expropiaicón al Ayuntamiento . En  todo caso  tiene  derecho a una indemnización que entiendo que no será elevada  dada la poca  afectación.

Saludos

 

 
alexat
alexat
24/08/2019 15:25

Hola, si mal no estoy entendido, en cuanto a garajes, he trabajdo en varios y para los ayuntamientos lo “único” que les interesa es que cumplas en el punto más bajo la altura libre de 2,20 o 2,40, esta varía en función del municipio y que lo que se haga sea seguro.

Si usted tiene altura libre en su plaza de garaje esa distancia o más no le afecta para su uso de su plaza de garaje.

Porque en muchos garajes pasan por las plazas de los propietarios los conductos de ventilación, tuberías, saneamiento y hay que cumplir siempre esa altura, todo lo que se haga de ahí para arriba a usted no le afecta.

Le pongo el caso que tiene 2,50 y decide la comunidad poner un falso techo a 2,40 a todo el garaje y dentro del falso techo quedaría alojada esa rampa, a usted no le afecta.

Lo único que si van a trabajar sobre su plaza de garaje, negocie una compensación o le paguen la plaza de garaje en otro sitio si se va a ver afectado y vigilen el tema impermeabilizaciones si fuera necesario hacerlas.

 
alexat
alexat
24/08/2019 15:25

Hola, si mal no estoy entendido, en cuanto a garajes, he trabajdo en varios y para los ayuntamientos lo “único” que les interesa es que cumplas en el punto más bajo la altura libre de 2,20 o 2,40, esta varía en función del municipio y que lo que se haga sea seguro.

Si usted tiene altura libre en su plaza de garaje esa distancia o más no le afecta para su uso de su plaza de garaje.

Porque en muchos garajes pasan por las plazas de los propietarios los conductos de ventilación, tuberías, saneamiento y hay que cumplir siempre esa altura, todo lo que se haga de ahí para arriba a usted no le afecta.

Le pongo el caso que tiene 2,50 y decide la comunidad poner un falso techo a 2,40 a todo el garaje y dentro del falso techo quedaría alojada esa rampa, a usted no le afecta.

Lo único que si van a trabajar sobre su plaza de garaje, negocie una compensación o le paguen la plaza de garaje en otro sitio si se va a ver afectado y vigilen el tema impermeabilizaciones si fuera necesario hacerlas.

 
J
juno4
22/08/2019 00:16

vecinoOnFire dijo:

Bueno, si es por Andalucía, no se preocupe porque dudo le den licencia para eso. Lo de que la acera es de la comunidad no sé de dónde lo han podido sacar. Pero habiendo sitio para una plataforma Gerencia no les va  o no les debería permitir tocar el forjado. 

En Andalucía mientras haya sitio en el portal para una plataforma no están permitiendo tocar el acerado, ni siquiera subirlo en pendiente 3 cms porque ha habido muchísimas denuncias de la Once. Y claro, como está planteada la solución obliga a la rampa por la acera.

Un ascensor se instala para eliminar barreras arquitectónicas y una rampa en el acerado las crea, así que yo abogaría a que esta solución ni siquiera la aprueban, es un poco absurda.

 

Saludos,

Depende. Si es una urbanización privada si que puede pertenecerle el acerado.

 
V
vecinoOnFire
21/08/2019 09:25

Buenos días, 

Habría que ver si realmente es así, aunque sea viable no entiendo porque no montar la plataforma y proponer esa solución tan absurda. Si la diferencia de costo fuera significativa lo entendería pero es que la solución propuesta puede incluso ser más cara.  

Intente razonar con sus vecinos, no creo que todos estén de acuerdo en tocar la estructura de esa manera. 

Saludos,

 
L
lena123
20/08/2019 17:12

Muchas gracias por sus respuestas.

Es en la provincia de Toledo, no sé si eso ayuda o no, la verdad me relaja un poquito tener la opción de que no den la licencia, pero no las tengo todas conmigo.

Adjunto la otra imagen de los planos para que quede mas claro ya que no es una acera como tal, sino un acceso peatonal al edificio en el que a ambos lados hay setos y es lo que los vecinos siempre han dicho que es propiedad de la comunidad. He de decir que es un edificio antiguo (creo que casi llega a los 50 años) se está instalando el ascensor que subirá desde el garaje (es para lo que sí hay licencia y para lo que se ha pagado) pero el acceso al portal tiene unos cinco o seis escalones y los del primer piso (no existe bajo) necesitan librar esas barreras (todos son mayores de 70), no me he opuesto a nada pero no entiendo que la solución venga pasar por mi plaza cuando existen otras que no implican obras ni perjuicio de nadie.

Muchas gracias.

 
V
vecinoOnFire
20/08/2019 16:37

Bueno, si es por Andalucía, no se preocupe porque dudo le den licencia para eso. Lo de que la acera es de la comunidad no sé de dónde lo han podido sacar. Pero habiendo sitio para una plataforma Gerencia no les va  o no les debería permitir tocar el forjado. 

En Andalucía mientras haya sitio en el portal para una plataforma no están permitiendo tocar el acerado, ni siquiera subirlo en pendiente 3 cms porque ha habido muchísimas denuncias de la Once. Y claro, como está planteada la solución obliga a la rampa por la acera.

Un ascensor se instala para eliminar barreras arquitectónicas y una rampa en el acerado las crea, así que yo abogaría a que esta solución ni siquiera la aprueban, es un poco absurda.

 

Saludos,

 
J
juno4
20/08/2019 15:35

Hombre, yo me opondría a no ser que la comunidad me busque otra plaza exactamente igual en el mismo edificio. Es cierto que es un bien común, pero usted no es una ONG. A no ser que la altura del techo sea muy alta y la afección sea mínima, tendrán que buscarle una solución razonable. A unas malas pueden ir a juicio, pero quizás lo mejor sea hablar y buscar la mejor solución para todos.

 
L
lena123
20/08/2019 13:31

[quote=vecinoOnFire>

Buenos días, 

No he entendido bien esto que indica:

“El problema viene cuando regresando de mis vacaciones un vecino me comenta que se ha decidido poner una rampa con lo que implica mi plaza de garaje

Pero lo primero sería ver si eso está permitido, que habiendo sitio para una plataforma habrá que ver si Gerencia lo permite. 

Lo segundo, es que no entiendo dónde iría la rampa, ¿dentro el portal?, ¿en el acerado?…

 

Saludos,

[/quote

 

Buenos días, gracias por su pronta respuesta.

Paso a explicarme mejor, la rampa implica mi plaza de garaje puesto que rebajarian el suelo del portal y por lo tanto el techo de mi plaza de garaje (solo me afectaría a mí).

La rampa estaría en el portal pero se extendería hasta la calle, que según los vecinos es de propiedad de la comunidad.

pero como una imagen vale mas que mil palabras le adjunto los planos del arquitecto por si así me pudiera ayudar en qué derechos y obligaciones tengo al respecto.

 

Muchas gracias de antemano

 

 
V
vecinoOnFire
20/08/2019 12:50

Buenos días, 

No he entendido bien esto que indica:

“El problema viene cuando regresando de mis vacaciones un vecino me comenta que se ha decidido poner una rampa con lo que implica mi plaza de garaje

Pero lo primero sería ver si eso está permitido, que habiendo sitio para una plataforma habrá que ver si Gerencia lo permite. 

Lo segundo, es que no entiendo dónde iría la rampa, ¿dentro el portal?, ¿en el acerado?…

 

Saludos,

 

Fin del hilo
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