Vd. puede convocar la Junta desde dondequiera que esté o darle instrucciones al Administrador para que la convoque por orden suya. Entonces envía su representación y delegación de voto en algún vecino de su confianza (o sencillamente no asiste mediante representante pues no es obligatorio). La junta convocada procede a nombrar un Presidente en funciones para presidir esa Junta y a elegir al nuevo Prkesidente de la comunidad, quien inmediatamente accede al cargo. Posteriormente en los 10 días siguientes el propietario que actuó de Presidente en la Junta firma el Acta junto con el Secretario (normalmente el Administrador) y ya está.